Ex trabajadores de la extinta empresa estatal Luz y Fuerza del Centro podrían recibir mensualmente hasta 67 mil pesos, más 26.5 por ciento en especie, de forma vitalicia, esto “por justicia social”, de acuerdo con un Decreto publicado por la Secretaría de Gobernación (Segob) el día de ayer.
Firmado por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y por el titular de la Segob, Adán Augusto López Hernández, el jueves de esta semana se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se establece el Sistema de “Compensación Vitalicia” por justicia social a personas extrabajadoras de la extinta Luz y Fuerza del Centro”.
La empresa eléctrica, que distribuía electricidad en la zona centro del país, fue extinguida mediante Decreto presidencial el 11 de octubre de 2009, emitido por el entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa, argumentando principalmente que las pérdidas de la compañía superaban sus ingresos, por lo que se había convertido en una carga onerosa para las finanzas públicas del país.
Por esa medida, alrededor de 45 mil trabajadores, la mayoría afiliados al Sindicato Mexicano de Electricistas, quedó sin empleo.
Algunos de ellos fueron absorbidos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), otros aceptaron la indemnización que les ofreció el gobierno y otros 580 más se integraron a Fénix Generación, una empresa privada producto de la Reforma Energética de 2013-2014, integrada por la portuguesa Mota Engil y el SME.
El día de ayer, la Secretaría de Gobernación especificó quiénes podrán gozar de este derecho y las condiciones que deben cubrir.
“Se establece el Sistema de “compensación vitalicia” por justicia social a personas extrabajadoras de la extinta Luz y Fuerza del Centro, aplicable a las que se encontraban al servicio del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, al 11 de octubre de 2009, que contaban con una antigüedad de al menos 19 años, 6 meses y 1 día, y que actualmente se encuentren con vida, no hayan sido jubilados de Luz y Fuerza del Centro y no formen parte del esquema de rentas vitalicias a través de Agroasemex, S.A.”, se lee en el texto del Decreto.
También aclara que los futuros beneficiarios no deben estar recibiendo una pensión en términos de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, ni alguna otra establecida en cualquier instrumento jurídico.
En el artículo 4, el documento indica que la percepción en dinero y en especie se determinará con base en el entonces denominado “salario diario integrado indemnizatorio”, existente a la fecha de extinción de Luz y Fuerza del Centro, con excepción del concepto “Proporción de aguinaldo”.
También indica que se otorgará el 26.5% sobre dicho monto a título de despensa, de acuerdo con el tiempo de servicio en Luz y Fuerza del Centro al 11 de octubre de 2009.
A continuación, presenta la tabla de los porcentajes de percepción vitalicia, con base en el tiempo que se prestó los servicios a la empresa.
Adicionalmente, los ex trabajadores de la empresa gozarán de un seguro de vida por 350 mil pesos en caso de fallecimiento. “Dicho seguro de vida se actualizará a partir de 2023, en marzo de cada año, con base en el INPC de diciembre del año inmediato anterior. Los beneficiarios preferentes serán el Indep y LyFCL”, agregó.
En cuanto al presupuesto para pagar estas pensiones, el Decreto indica que la Segob fungirá como coordinadora del sistema y deberá prever los montos en su anteproyecto de presupuesto, con sujeción a los criterios generales de política económica y los techos globales de gasto establecidos por el Ejecutivo Federal, esto en los términos de las disposiciones previstas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento.
“Durante la vigencia de cada ejercicio fiscal, la Segob realizará las acciones conducentes para entregar los montos a que se refiere el párrafo anterior, al fideicomiso público sin estructura o al instrumento financiero que constituya o con el que cuente el Indep, y corresponderá a este, llevar a cabo la ejecución del Sistema a que se refiere este decreto”, añade.