Las reformas propuestas a la Ley Minera y a otras disposiciones legales provocarían incertidumbre jurídica para la industria toda vez que incrementan sustancialmente las causas de cancelación de las concesiones, advirtió hoy la firma Baker McKenzie.
“Esto provocará gran incertidumbre jurídica pues algunas de esas causas están muy abiertas a la interpretación y carecen de parámetros objetivos y cuantificables”, expuso.
Recordó que el 28 de marzo pasado, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Minera, además de cambios a la Ley de Aguas Nacionales; la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Lo anterior, con la finalidad de modificar las concesiones en las materias de minería y agua nacionales.
En este sentido, Baker McKenzie alertó que las modificaciones a la Ley Minera pueden tener varios impactos negativos, entre los que enunció que al eliminarse el esquema de terreno libre y primer solicitante, además de proponerse la modificación del esquema de otorgamiento de concesiones para que únicamente sea mediante concurso de licitación pública, se prohíbe a las empresas solicitar nuevas concesiones, cediendo el control total de éstas a la Secretaría de Economía.
“Ello podría terminar, como en otras industrias y sectores, en adjudicaciones directas de muchos de estos procedimientos”, previó.
La firma también encontró que la iniciativa del presidente López Obrador no sienta las bases respecto al desarrollo de programas que consideren el inventario de áreas susceptibles a ser licitadas, así como su periodicidad. Esto, consideró, da la impresión de que el Gobierno federal no tendría mucho interés en convocar a concursos, impactando el número de proyectos desarrollados por empresas privadas.
Especialmente advirtió que en el caso de las minas en terrenos de comunidades indígenas, las empresas deberán suscribir un convenio para obtener el uso del terreno y otorgar un pago de al menos el 10 por ciento de las utilidades obtenidas por la actividad minera, “un umbral elevado y desproporcional que muy probablemente no aguantaría una revisión constitucional”.
“Además, se establece que la Secretaría de Economía puede otorgar asignaciones a entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, sin la necesidad de sujetarse al procedimiento de concurso, atentando con esto contra los principios constitucionales en materia de competencia económica y libre concurrencia”, agregó.
Respecto a la desaparición del carácter preferente de la actividad minera y, por lo tanto, el derecho de los concesionarios a obtener la expropiación de los terrenos, ambos sustituidos por un acuerdo de ocupación temporal o servidumbre entre los titulares de las concesiones y las personas propietarias o titulares de los derechos de los terrenos, la consultora resaltó que no se establecen mecanismos, parámetros o criterios objetivos y claros que sienten las bases respecto a cómo se deben acordar y negociar los términos entre las partes.
Las reformas a la Ley de la misma forma reducen la duración y prórroga de las concesiones mineras de 50 a 15 años, prorrogable por una sola ocasión hasta por un lapso igual.
En este punto, la firma consideró que se coarta la inversión productiva para la exploración y explotación de minerales, genera incertidumbre y provoca que posibles inversionistas nacionales y extranjeros lleven sus recursos a otros países.
“Las operaciones mineras pueden tardar entre 5 y 10 años solo para empezar su fase de producción, limitarlas a 15 años, con una sola prórroga, volvería inviables muchos proyectos. Además, esta modificación pone en riesgo las concesiones ya otorgadas, pues constituiría una expropiación indirecta de las concesiones ya otorgadas”, volvió a alertar.
En este sentido, tan solo la exploración del litio, por ejemplo, podría tardar entre 10 y 15 años, según datos de la Asociación de Ingenieros de Minas, Metalurgistas y Geólogos de México, AC (AIMMGM).
Por otra parte, al acotar la explotación a minerales o sustancias que deberán ser especificados en el título de concesión, se limita la capacidad para explotar otros minerales que se encuentren dentro del terreno de la concesión y que puedan ser encontrados durante la exploración.
“Si bien, esta iniciativa representa un cambio de régimen importante para el sector, parecería que el Gobierno Federal intenta recuperar para el Estado todas las concesiones otorgadas y frenar la emisión de las nuevas. Esto a través de acciones que podrían ser consideradas como expropiatorias que limitan las vigencias y prórrogas de las concesiones, además de sujetar a autorización previa los procesos de transmisibilidad y disposición”, estimó la firma.
Resaltó que la iniciativa atenta contra varios principios constitucionales y tratados internacionales como el T-MEC, al entorpecer el crecimiento y los principios de competencia económica y de libre concurrencia.
Por ello, Baker McKenzie previó que la iniciativa no se apruebe en fast track,aunque sí podría convertirse en ley antes de lo estimado, sin que se lleven a cabo las discusiones y debates pertinentes que un cambio como este ameritaría.
“El Estado Mexicano debe repensar su estrategia, antes de realizar un daño irreparable al sector, lo cual podría desencadenar en un daño profundo a la economía del país”, expresó.