Redacción / Energía a Debate
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el cual delega a los jefes de las unidades de gas natural, de gas licuado de petróleo y de petrolíferos de la propia Comisión, la facultad de aprobar o negar los ajustes anuales a las tarifas máximas aprobadas por el Órgano de Gobierno de la CRE.
En el Acuerdo, la CRE recordó que las tarifas máximas son previamente determinadas y aprobadas por el Órgano de Gobierno a través de una resolución y los ajustes no conllevan la aprobación de nuevas tarifas, sino únicamente implican la actualización (ajuste) de las mismas por índice de inflación, factor de eficiencia y/o costos trasladables.
Al no requerirse la emisión de una nueva resolución por parte del Órgano de Gobierno, añade, esta facultad puede ser delegada a los Jefes de las Unidades de Gas Natural, de Gas Licuado de Petróleo y de Petrolíferos de la Comisión, según su ámbito de competencia.
En razón de lo anterior, agrega la CRE, con la finalidad de agilizar los procedimientos administrativos de ajustes anuales de tarifas máximas aplicables a las diversas actividades sujetas a regulación económica ?en términos de la Ley de Hidrocarburos, el Reglamento y las Directivas de Tarifas o cualquier otro ordenamiento que las sustituya o modifique?, se estima necesario emitir este Acuerdo.
Consulte el Acuerdo en el DOF aquí.