Redacción / Energía a Debate
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó el día de hoy dos disposiciones regulatorias en el Diario Oficial de la Federación, de las cuales la primera reduce los plazos de respuesta a diversos trámites del Registro Federal de Trámites y Servicios, mientras que la segunda establece los términos mediante los cuales la CRE acreditará a las unidades de verificación que certificarán a las centrales de generación eléctrica limpias y la medición de porcentaje de energía libre de combustible.
La primera disposición es el ?Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se modifican los plazos de respuesta de diversos trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, que corresponde aplicar a la misma?, que reduce en general el número de días para dar respuesta.
En los Considerandos de este Acuerdo destacan el sexto que dice: ??el 30 de agosto de 2013 se publicó en el DOF el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, dirigido a que las dependencias y entidades de la APF atiendan con oportunidad las demandas ciudadanas y utilicen de forma estratégica las herramientas institucionales con las que cuenta para promover un gobierno eficiente, eficaz y que rinda cuentas a la población.?
De la misma forma, el Considerando Undécimo recuerda que el 3 de abril de 2017 la CRE compartió con la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) el calendario de presentación de los Programas de Mejora Regulatoria 2017-2018.
Derivado de lo anterior, dice el Considerando Duodécimo, con el propósito de agilizar los procedimientos administrativos que corresponde aplicar a la CRE, establecidos en la normatividad aplicable en materia energética, resulta conveniente reducir el plazo de respuesta de los trámites mencionados.
Respecto a los términos por los cuales la CRE acreditará a las unidades de certificación, la dependencia publicó la ?Resolución por la que la Comisión Reguladora de Energía establece los términos para acreditar a las unidades que certificarán a las centrales eléctricas limpias y que certificarán la medición de variables requeridas para determinar el porcentaje de energía libre de combustible.?
En la Resolución se especifican los términos y requisitos relativos a la solicitud de acreditación, procedimiento de evaluación de la solicitud, la responsabilidad y obligaciones de la unidad acreditada y motivos para la cancelación de la acreditación.
Asimismo, estipula los requisitos y procedimiento para acreditar a los generadores limpios, incluyendo la generación limpia distribuida que requieren y no de la aplicación de la metodología especificada en la propia Resolución.
Consulte el Acuerdo aquí.
Y lea la Resolución en esta liga.