Redacción / Energía a Debate
Pemex Transformación Industrial (Pemex TRI) deberá pagar una multa por 418 millones 309 mil pesos por no restaurar la competencia en el mercado de comercialización y distribución de diesel marino especial y otros petrolíferos, un compromiso que asumió cuando solicitó en 2016 el cierre anticipado de una investigación por una posible práctica anticompetitiva.
La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) refirió el día de hoy que en 2015, Pemex TRI fue denunciada ante esa instancia por la posible realización de prácticas monopólicas relativas, específicamente por discriminación de trato; es decir, por no brindar las mismas condiciones de suministro y venta de primera mano de diesel marino especial a distribuidores que se encontraban en igualdad de circunstancias.
Como consecuencia, la Comisión abrió el expediente DE-002-2015; sin embargo, antes de que la Autoridad Investigadora emitiera el Dictamen de Probable Responsabilidad, Pemex TRI solicitó en septiembre de 2016 el cierre anticipado del expediente. A cambio, la empresa se comprometió a ejecutar acciones para proteger el proceso de competencia y libre concurrencia.
La Cofece relató que uno de los compromisos establecidos en la resolución respectiva fue la presentación anual de un informe realizado por un auditor externo sobre los beneficios que Pemex TRI otorga respecto de la venta de primera mano y comercialización de todos sus petrolíferos —gas LP, gasolinas, diésel, turbosina, intermediate fuel oil y combustóleo—y los elementos que toma en cuenta para otorgarlos.
El objetivo de este informe, de acuerdo con la Comisión, es verificar que la empresa da el mismo trato en la venta de primera mano a todos los competidores que participan en estos mercados. La entrega de este informe, en términos de la resolución de compromisos, tiene que darse durante los primeros tres meses de cada año por un periodo de cinco años calendario, a partir del primer trimestre de 2017.
No obstante, apuntó la Cofece, el primer informe se entregó de manera extemporánea, con prácticamente un año de retraso; por ello, Pemex TRI desatendió un elemento necesario y fundamental para que la Comisión pudiera verificar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas.
Por lo anterior, el Pleno de la Cofece declaró el incumplimiento a una parte de los compromisos adquiridos por Pemex TRI y, en consecuencia, le impuso la multa citada.
La Comisión también aclaró que la Ley otorga a Pemex TRI el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación del organismo regulador.