LUIS PUIG LARA*
El SASISOPA (Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección del Medio Ambiente) es un conjunto de elementos interrelacionados y documentados cuyo propósito es la prevención, control y mejora del desempeño de una instalación o conjunto de ellas en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y de protección al medio ambiente en el sector hidrocarburos.
Objetivo fundamental del SASISOPA
- Ser el eje rector en el que se sistematicen, coordinen y aseguren los mecanismos y herramientas que permitan la prevención de incidentes y accidentes, generando un mejor control documental, óptimos métodos internos de trabajo y mayor coordinación en las auditorías, así como la protección ambiental, con un enfoque de prevención y control en la seguridad operacional.
Antecedentes
El 11 de agosto de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (Ley ASEA).
El artículo 1° de la Ley en su párrafo segundo establece que “la Agencia tiene por objeto la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del Sector Hidrocarburos a través de la regulación y supervisión de:
i. La Seguridad Industrial y Seguridad Operativa;
ii. Las actividades de desmantelamiento y abandona de instalaciones, y
iii. El control integral de los residuos y emisiones contaminantes.
En el artículo 3° se establecen las definiciones para efectos de la Ley ASEA, la fracción XV señala que se entiende como Sistema de Administración el “conjunto integral de elementos interrelacionados y documentados cuyo propósito es la prevención, control y mejora del desempeño de una instalación o conjunto de ellas, en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección al media ambiente en el Sector”.
El Capítulo III del Título Segundo de la Ley ASEA denominado “Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente”, detalla las especificaciones de éste en los artículos 12 al 21.
El artículo 12, en su primer párrafo, preceptúa que “la Agenda establecerá las normas de carácter general para que los Regulados implementen Sistemas de Administración en las actividades que lleven a cabo”; por su parte, el artículo 13 establece que estos sistemas “deben considerar todo el ciclo de vida de las instalaciones, incluyendo su abandono y desmantelamiento”.
Elementos del SASISOPA
Estos elementos son los que conforman el Sistema de Administración de la Seguridad Industrial Seguridad Operativa y la Protección al Ambiente (SASISOPA) requerido por la ASEA. Su aplicación obligatoria por parte de todos los regulados a partir de su publicación oficial, es un aporte de la ASEA para la implementación segura y ambientalmente responsable de la Reforma Energética.
Estrategia de la ASEA y planeación del Sistema
Los Sistemas de Administración de la ASEA son requeridos a los regulados con la doble intención, por un lado, de cumplir a cabalidad con el marco normativo de la Agencia que establece la obligatoriedad de los mismos; y por el otro, de generar un instrumento regulatorio que otorgue certidumbre a los regulados mediante reglas que provén de condiciones similares a la industria extranjera que vaya a operar en México, derivado de la Reforma Energética.
En este sentido, los Lineamientos para conformar un SASISOPA de la ASEA fueron desarrollados con insumos de la Oficina de Seguridad y Cumplimiento Ambiental (BSEE por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos. Los lineamientos del Sistema de Administración de la Seguridad y Ambiente estadounidense se diseñaron específicamente para operaciones costa afuera. Dado que, para el caso mexicano, los Lineamientos de los Sistemas deberán ser aplicables también a la operación terrestre, se tomaron en cuenta los estándares canadienses.
Las regulaciones de perforación de petróleo y gas de Canadá son acordes con las normas establecidas por el Instituto Americano del Petróleo (API, American Petroleum Institute) y de la Junta Nacional de Energía que en su mayoría se basa en la norma ISO 9001 sobre Sistemas de Gestión de la Calidad y en la norma ISO 14001 sobre Sistemas de Gestión Ambiental. Asimismo, se realizó un análisis de los siguientes estándares y normas de nivel nacional e internacional de para el Sistema de Administración de la ASEA: (Ver recuadro).
Después del análisis del contexto internacional, la socialización con actores relevantes y el proceso ante la COFEMER, la ASEA determinó que el modelo óptimo de Sistemas de Administración para el Sector Hidrocarburos de México es el planteado en las “Disposiciones Administrativas de Carácter General” que establecen los Lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2016.
Estos Lineamientos, se apegan a los objetivos transversales de desarrollo nacional enfocados a optimizar la capacidad productiva y de transformación de Hidrocarburos asegurando procesos eficientes, competitivos y seguros a través del fortalecimiento de las empresas productivas en materia de Hidrocarburos, bajo un enfoque preventivo y dentro de un marco regulatorio y normativo que propicie las mejores prácticas e incentive la inversión, destacando las siguientes acciones del Programa Sectorial Energético 2013-2018:
- Priorizar la integridad de las instalaciones aplicando las mejores prácticas de seguridad industrial y ambiental;
- Reforzar el proceso de actualización y desarrollo del marco legal, regulatorio y
- Normativa que oriente a la industria petrolera nacional a la mejora continua, y
- Adecuar la regulación para incluir estándares internacionales de seguridad, eficiencia y sustentabilidad.
- Posteriormente, para abarcar todas las actividades en el Sector Hidrocarburos, ser específico en los requerimientos particulares, e implementar el mecanismo de supervisión de los Regulados, la ASEA ha publicado diversas Disposiciones Administrativas de Carácter General, (DACGs):
Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades aplicables al Sector Hidrocarburos; para las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales en tierra y de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos; para las actividades del transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos; para las actividades de Expendio al Público de Gas Natural, Distribución y Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo y de Petrolíferos y finalmente las disposiciones administrativas de carácter General que establecen los lineamientos para que los regulados, lleven a cabo las Investigaciones Causa Raíz de incidentes y Accidentes ocurridos en sus instalaciones.
Terceros Autorizados La ASEA publicó seis convocatorias el 4 de enero de 2018 dirigida a las personas morales interesadas en obtener la Autorización como Tercero para emitir los Dictámenes Técnicos y realizar las Evaluaciones Técnicas de seis DACGs.
Al momento (Julio 2018), el número de empresas autorizadas para emitir los Dictámenes Técnicos y realizar las Evaluaciones Técnicas de cada convocatoria es el siguiente: Para Auditor Externo 21 empresas autorizadas; para dictámenes y evaluaciones de SASISOPA en instalaciones Industriales, 21 empresas; para dictámenes y evaluaciones de actividades de exploración, 7 empresas autorizadas; para dictámenes y evaluaciones de transporte terrestre por ducto, 14 empresas autorizadas; para emitir informes de Investigaciones Causa Raíz, 10 empresas autorizadas; para dictámenes y evaluaciones de SASISOPA en instalaciones con expendio al público (comercial), 31 empresas autorizadas.
El padrón de terceros autorizados y aprobados por la ASEA puede consultarse en la siguiente dirección, actualizando sus cifras día con día: https://www.gob.mx/asea/es/acciones-y-programas/terceros-autorizados-y-aprobados-130218
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Consultor en temas petroleros y protección ambiental.