Durante el primer trimestre del 2023, el SAT, a través de la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC), notificó a 84 principales contribuyentes el incumplimiento de reportes de Controles Volumétricos. Ello con un mensaje claro de vigilancia continua que no se limita a grandes contribuyentes, sino que es para todos. No solo gasolineros, como ya se había implementado años atrás, sino almacenistas, comercializadores, distribuidores, procesamiento, entre otros, que se indican en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2.6.1.2. El mensaje: la exigencia de cumplir con las obligaciones fiscales en materia de Controles Volumétricos que permita lograr el objetivo de mitigar el mercado ilícito de hidrocarburos y petrolíferos en línea con las estrategias de fiscalización y revisión contenidas en el “Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación 2023”.
Como resultado de esta campaña, el SAT identificó que solo dos de cada diez contribuyentes en promedio cumplieron con solo la obligación del envío de reportes. No obstante, recordemos que estas obligaciones no están únicamente limitadas a reportes diarios y mensuales, sino a la obtención de dictámenes de calidad de los productos, avisos al SAT y el certificado de la correcta función de equipos y programas, cuyo plazo para cumplimiento recientemente se amplió al 31 de diciembre 2023.
A más de un año de la puesta en marcha de estas obligaciones, es relevante el bajo nivel de cumplimiento. Dentro de una situación multifactorial podríamos considerar dos grandes factores que pudiesen ser la raíz de no cumplir: el desconocimiento de la norma y el alto nivel de exigencia en la carga administrativa que representa el implementar un programa informático con las características que dicta el SAT.
El primero amplía el espectro, no solo es la vigilancia a los contribuyentes de la industria de hidrocarburos y petrolíferos, a partir de la RMF 2023 quedó claro que también son sujetas otras industrias como la textil, automotriz, de alimentos, transporte, hotelera, etc. Estas industrias son sujetas en los casos en que cuenten con instalaciones fijas para la recepción de gas natural para autoconsumo o con almacenes de petrolíferos para usos propios bajo un permiso de la CRE. Resulta de gran impacto para todos los contribuyentes sujetos, pues las sanciones van desde multas, presuntivas de ingresos hasta tipificar el delito cmoo robo de combustibles.
“A partir de la RMF 2023 quedó claro que también son sujetas otras industrias”.
En cuanto al segundo factor, si bien los requisitos del programa informático han sido delimitados por el SAT, cada contribuyente debe trabajar tanto de forma interna con la gestión de su operación, como de forma externa, con la obtención de información que proviene de proveedores y clientes, pues generar los reportes exige incluir información que no posee directamente el contribuyente y, en su caso, le exija reconfigurar su relación comercial con éstos. Esta interrelación tiene un serio impacto, siendo que la autoridad al momento de exigirlo a toda la cadena de valor busca obtener congruencia o identificar las desviaciones en la información que le permitan fiscalizar de forma eficiente a través de estos datos. Esto no solo tendrá un impacto en la fiscalización, sino en la regularización de permisos, autorizaciones y avisos que deben ser autorizadas por distintos entes regulatorios en el ejercicio de sus atribuciones.
*/ Iris M. Pineda Ávila es Senior Manager de Cumplimiento Regulatorio en Ernst & Young.
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