La semana pasada se presentó la iniciativa para reformar los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Con ella vino el aluvión de críticas y alabanzas, siempre en un tono blanco o negro, cuando la gama de grises que entraña da para pintar el Guernika de Picasso. En esta serie de posts se pretende ir destripando paso a paso el contenido de la reforma, sus errores y aciertos, los problemas del SEN que continúan siendo ignorados y los errores groseros de conceptos técnicos que en ella aparecen.
Iniciemos por la exposición de motivos y las nueve secciones que la acompañan. Como es previsible y lógico en propuestas de modificación constitucional, se inicia con una emotiva arenga ideológica respecto al significado de la Reforma de 2013, “el otorgamiento de beneficios ilimitados al sector privado” o “el menoscabo a los derechos históricos de la nación sobre el patrimonio energético” son algunos de los elementos que, según su visión, alegan para la “seguridad energética y seguridad nacional” y el compromiso con el pueblo para un abasto confiable.
Aquí aparecen las primeras luces rojas.
Cualquier persona que haya hojeado dos tardes la generación eléctrica de México, ha visto que durante los últimos 20 años la generación con plantas que emplean gas natural, especialmente ciclo combinado, ha aumentado de 40 TWh en el año 2000, a más de 183 TWh en 2020[1], pese a la reducción de la demanda por el COVID-19, pasando de representar 20% de la generación total, a superar el 55% este último año.
Mientras, la producción de gas natural se ha ido reduciendo año tras año, ya que presentó un descenso de 38.66% de 2009 a 2019[2]. Como es previsible, el aumento de consumo y la reducción en la producción han implicado un incremento en la importación. México ha incrementado la importación de gas (sin considerar el gas LP) un 445.71% en el periodo 2009-20192.
“…la seguridad y soberanía energéticas no solo dependen de la propiedad de las centrales de generación, más importante aún, dependen de la propiedad de los energéticos primarios…”
Esta dependencia del gas natural sí que es un riesgo para la seguridad energética. Esta dependencia del gas importado de Estados Unidos sí que es un riesgo para la seguridad nacional. Es decir, la seguridad y soberanía energéticas no solo dependen de la propiedad de las centrales de generación, más importante aún, dependen de la propiedad de los energéticos primarios empleados para generar energía eléctrica. Y no hay una sola mención a este problema en la reforma, ni tampoco soluciones.
El segundo punto clave es el compromiso para el pueblo de México. Como ciudadano –y creo que la mayoría de vosotros coincidiréis conmigo–, en materia eléctrica nuestras prioridades como usuarios son bastante sencillas: primero, disponer de electricidad de manera continua y confiable; luego que la electricidad sea lo más barata y baja en emisiones posibles. Que el Estado o un privado sea el propietario de una central de generación o una línea de transmisión carece de relevancia si cumple las prioridades antes mencionadas. Esto nos lleva a una disyuntiva, o su percepción del compromiso con el pueblo es muy lejana a la realidad, o nos quieren colar como compromiso con el pueblo los planes únicamente estatistas.
Si el objetivo de esta reforma fuera realmente un compromiso con el pueblo mexicano, esta reforma retomaría la iniciativa ciudadana para reconocer en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el “Derecho Humano de Acceso a la Electricidad”[3] e incluiría elementos como tarifas sociales, ajuste a los subsidios para hacer de ellos un mecanismos progresivo en lugar del funcionamiento regresivo actual y, sobre todo, afrontaría la definición de energía como un bien básico, requisito necesario para una vida digna.
[1] Sistema de Información del Mercado. CENACE. Obtenido a través de www.obtrenMX.org
[2] Balance Nacional de Energía 2019. Secretaria de Energía (SENER)
[3]Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 40. De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Presentada por el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, el 24 de octubre de 2017