¿Declarar la quiebra de la CFE?
Xavier Ginebra Serrabou* para Energía a Debate El artículo 5 de la Ley de Concursos Mercantiles permite que: “Las empresas de participación estatal constituidas como sociedades mercantiles podrán ser declaradas en concurso mercantil. Las empresas de participación estatal mayoritaria podrán ser declaradas en concurso mercantil”. La LCM establece que será declarado en concurso mercantil, el comerciante que incumpla generalizadamente en el pago de sus obligaciones, lo que se entenderá cuando el Comerciante solicite su declaración en concurso mercantil y cualquier acreedor o el Ministerio Público hubiesen demandado la declaración de concurso mercantil del Comerciante y éste se ubique en los dos supuestos siguientes: cuando así lo determine el acuerdo de desincorporación o extinción de cualquier entidad paraestatal considerada en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones de un Comerciante a que se refiere el artículo anterior, consiste en el incumplimiento en sus obligaciones de pago a dos o más acreedores distintos y que de aquellas obligaciones vencidas, las que tengan por lo menos treinta días de haber vencido representen el treinta y cinco por ciento o más de todas las obligaciones a cargo del Comerciante a la ...