Redacción / Energía a Debate
El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, apoyará a los usuarios del servicio doméstico de energía eléctrica durante la emergencia sanitaria del Covid-19, al determinar que no se podrá realizar reclasificaciones de la tarifa doméstica básica a la Tarifa de Alto Consumo (Tarifa DAC).
Lo anterior se establece en el Acuerdo por el que se determina el mecanismo de fijación de tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico a usuarios domésticos, por el periodo que se indica, con motivo de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor derivada de la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado esta tarde en el Diario Oficial de la Federación.
El Acuerdo se basa en el artículo 139, párrafo segundo de la Ley de la Industria Eléctrica, el cual prevé que el Ejecutivo Federal podrá determinar, mediante Acuerdo, un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales determinadas por la Comisión Reguladora de Energía, para ciertos grupos de usuarios del suministro básico.
La Secretaría de Hacienda está facultada para determinar dicho mecanismo en apoyo a la economía de las familias mexicanas, estimándose necesario que durante el período que se mantenga vigente la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor genera por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), se evite reclasificar a los usuarios con tarifa básica –quienes podrían registrar un mayor consumo por quedarse en casa durante la contingencia– como usuarios de tarifa DAC.
Durante la emergencia, no se considerará el consumo de energía eléctrica realizado por los usuarios del servicio doméstico para efectos de la determinación del consumo promedio mensual que se utiliza para definir los límites de alto consumo que actualizan la reclasificación a la Tarifa DAC, y se asegurará la permanencia de dichos usuarios en una tarifa de bajo consumo (1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E y 1F).