Este texto pretende contar la historia de esta central eléctrica y explicar los complejos asuntos jurídicos en que se encuentra.
CFE necesitaba de energía en Nuevo León, pero no tenía los recursos necesarios para desarrollar la central eléctrica, además de que construirla significaba incrementar pasivos laborales de forma importante. Entonces licitó la construcción y operación de una central eléctrica de ciclo combinado en la modalidad de Productor Independiente de Energía. Esto significa que la central se construiría y operaría para entregar la energía a CFE que, a su vez, la usaría para dar el servicio de suministro eléctrico al público.
Después de ver cómo funcionaba la central y que entregaba la energía a CFE a costos mucho más bajos que las propias centrales de la entonces paraestatal, los industriales se asociaron e iniciaron una licitación propia para que una empresa especializada en generación, la que ofreciera al final del día los costos más bajos, proporcionara este servicio a los grandes consumidores que producen acero, vidrio y alimentos, entre otros. En esa sociedad, entraron industrias de varios giros además de una empresa de generación, que se encargaría de construir, operar y dar mantenimiento a la central. Todo esto, al amparo del modelo de autoabastecimiento de la ley vigente en ese entonces, la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
Había algo más: algunas de estas industrias consumían, además de energía, vapor. Entonces, a parte del ciclo combinado se requería alguna unidad que funcionara bajo el modelo de cogeneración y entregara vapor a los usuarios.
Así se construyó la central de cogeneración eficiente Dulces Nombres, además de los ciclos combinados en autoabastecimiento.
La central eléctrica ofrecía a los industriales reservar capacidad de la central de generación y los combustibles que usaba, de manera que cobraba por esos dos conceptos.
¿Por qué era importante que una empresa generadora especializada fuera la encargada de construir y operar esa central? Porque los usuarios eran fabricantes de vidrio, cartón, acero, alimentos y otras actividades que son distintas a la generación de energía y, por tanto, distintas a su experiencia.
La central eléctrica era mayor que las necesidades y además se le agregó potencia, lo que permitía entregar energía a más usuarios, con lo cual el proyecto original fue creciendo y más empresas se unieron a la sociedad.
La central tenía que cumplir, aunado a todo lo técnico, con dos requisitos administrativos: un permiso de generación en la modalidad de autoabastecimiento (que no tenía vigencia) y un contrato de interconexión con el Sistema Eléctrico Nacional (que se iría prorrogando).
Pero en 2014, con la reforma Constitucional en materia energética de 2013, se generaron nuevos esquemas de participación privada que constituyeron el nuevo mercado eléctrico. Entonces, los autoabastecimientos ya no tenían razón de ser y ya no hay más permisos de generación de esa naturaleza. Los proyectos con permiso seguían en operación, pero necesitarían renovar sus contratos de interconexión, por lo que no podrían continuar con el permiso vigente de autoabastecimiento. En consecuencia, tenían que cambiar sus permisos para lograr un nuevo contrato.
El titular del permiso de la central eléctrica Dulces Nombres solicitó la modificación de su permiso en 2020, un trámite que la Comisión Reguladora de Energía primero no resolvió y luego, con un amparo de por medio, negó poco más de un año después. Originalmente eso debió resolverse en 2 días por ser un mero trámite
“Producto de esa negativa, la empresa no pudo renovar el contrato de interconexión y tuvo que desconectarse del Sistema Eléctrico Nacional”.
Producto de esa negativa, la empresa no pudo renovar el contrato de interconexión y tuvo que desconectarse del Sistema Eléctrico Nacional, aunque una de sus plantas siguió operando en modo isla.
En este momento hay dos juicios alrededor de esta central eléctrica. El primero es porque el dueño de la central eléctrica demandó la ilegalidad de la negativa de poder migrar su permiso de autoabastecimiento a mercado eléctrico. Este proceso debía ser natural, algo meramente administrativo, pero fue parado por la CRE, al parecer con la intención de quitarle usuarios al permisionario de Dulces Nombres para darle esos clientes a CFE.
Al mismo tiempo hay otro juicio. CFE considera que el propietario de Dulces Nombres violó la ley porque argumentando que la empresa vendió energía.
La empresa suministró energía a sus socios de autoabastecimiento, razón por la cual les facturó la reserva de capacidad (que una fracción de la central eléctrica estuviera disponible para el socio) y los costos variables de generación.
¿Qué es lo que puede suceder en cada uno de los juicios?
Primero, que CRE está haciendo una valoración inadecuada al negar el cambio en el permiso. Y no lo digo yo, lo dice el juez que lleva el caso y que otorgó una suspensión a la cervecera Heineken, que es quien se amparó en contra de la negativa de CRE. Al final del día, el titular del permiso de generación podrá alegar en contra del Estado Mexicano la violación de sus derechos y por lo tanto podría obligar al pago de los daños y perjuicios que eso cause. Además, los comisionados que votaron por esa negativa podrían tener responsabilidades (incluso penales) por haber aprobado esa negativa que luce contraria a derecho.
El segundo juicio es un antecedente histórico ¿por qué?
Porque la iniciativa de contrarreforma eléctrica del presidente López Obrador repite al menos 15 veces que las sociedades de autoabastecimientos son ilegales, esto sin que haya un sólo fallo del Poder Judicial que así lo indique. Este juicio parece estar armado con el fin de intentar demostrar la ilegalidad de una sociedad de autoabastecimiento. Y, cuidado aquí, porque no es el único proceso, sino que hay uno más en contra de Eólica del Sur, en Oaxaca. De ser exitosos estos juicios, darían blindaje a la iniciativa; sin embargo, la transacción de energía y pago por servicio fue a los mismos integrantes de la sociedad de autoabastecimiento, por lo cual no hay una venta al público que se configure como violación a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Pero esto terminará, sí o sí, en tribunales.
Lo último que hay es que este gobierno ha intentado acabar con el modelo de autoabastecimiento, este hecho es el centro de la iniciativa de contrarreforma, o el pretexto. Este modelo fue extinto en 2013 con la reforma eléctrica de aquel entonces. Pero, además, debemos resaltar que el propietario de Dulces Nombres solicitó la migración no solo de esa planta, sino de cuatro centrales eléctricas más para que dejaran de estar en autoabastecimiento y estén en mercado eléctrico. Justo lo que en teoría busca la contrarreforma, pero le fue negada la migración.
Una de dos: o los comisionados de la CRE no están enterados de las intenciones del presidente, o el ataque al autoabastecimiento es solo un pretexto para iniciar la guerra contra los privados, desde la contrarreforma.