La Asamblea General de las Naciones Unidas llegó a un consenso por el cual se podrá pedir a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), órgano jurídico de la organización mundial, su parecer sobre las obligaciones de los Estados para la protección del sistema climático “para las generaciones presentes y futuras”.
En un hecho considerado como “histórico”, por unanimidad los miembros de la Asamblea –excepto los representantes de Estados Unidos y China– aprobaron el miércoles de esta semana la llamada iniciativa de Vanuatu, un archipiélago en aguas del Océano Pacífico que ha sido azotado por potentes ciclones en unos cuantos días.
El secretario general de la Organización de las Naciones Unidas, el portugués António Guterres, comentó una vez aprobada la adopción del consenso: “Juntos, están escribiendo la historia”, esto al dirigirse a los delegados de 130 países presentes en la sede de la ONU en la ciudad de Nueva York.
“La justicia climática es tanto un imperativo moral, como un pre-requisito para la acción climática global efectiva. La crisis climática solo puede superarse mediante la cooperación entre pueblos, culturas, naciones y generaciones”, dijo Guterres.
La resolución no es vinculante, pero el secretario general destacó que el parecer de la CIJ podrá ayudar a los dirigentes del planeta a adoptar medidas climáticas que calificó como “valientes” y “fuertes”.
Por su parte, Ishmael Kalsakau, primer ministro de Vanuatu, expresó: “Hoy hemos sido testigos de una victoria épica para la justicia climática”.
El gobierno de la República de Vanuatu, ubicada a unos 1 mil 750 kilómetros al este de Australia, lanzó la iniciativa en 2021 como resultado de una campaña iniciada por un estudiante de la Universidad de Fiyi en 2019.
La Asamblea decidió el 1 de marzo pasado que la CIJ emita su opinión consultiva sobre las obligaciones que tienen los Estados en virtud del Derecho Internacional de garantizar la protección del sistema climático y otros elementos del medio ambiente frente a las emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero en favor de los propios Estados y de las generaciones presentes y futuras.
Igualmente, la Corte deberá definir cuáles son las consecuencias jurídicas que se derivan de esas obligaciones para los Estados que, por sus actos y omisiones, hayan causado daños significativos al sistema climático y a otros elementos del medio ambiente. Esto con respecto a dos factores.
El primero, consistente en los Estados, en particular, los pequeños Estados insulares en desarrollo que, debido a sus circunstancias geográficas y a su nivel de desarrollo, se ven perjudicados o especialmente afectados por los efectos adversos del cambio climático o son particularmente vulnerables a ellos.
Y el segundo, relativo a los pueblos y las personas de las generaciones presentes y futuras afectados por los efectos adversos del cambio climático.