Redacción / Energía a Debate
La Secretaría de Energía publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación la guía operativa de la cámara de compensación para contratos asignados a través de subastas de largo plazo en el mercado eléctrico mayorista (MEM). Dicha guía forma parte de las disposiciones operativas del mercado eléctrico.
La guía operativa tiene por objeto establecer los procedimientos necesarios para que los contratos que sean asignados por el Centro Nacional de Control de la Energía (Cenace) a través de subastas de largo plazo sean administrados de manera centralizada por la cámara de compensación a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones y el ejercicio de los derechos que adquieran tanto los compradores como los vendedores en esos contratos.
(a) El capítulo 1 describe la naturaleza, propósito y contenido de la guía operativa; señala cuál es el significado de los términos definidos utilizados en la misma, y establece reglas para su interpretación.
(b) El capítulo 2 explica la función y la naturaleza de la cámara de compensación y describe los mecanismos que se utilizarán para mitigar los riesgos de incumplimiento por parte de compradores y vendedores.
(c) El capítulo 3 establece los procedimientos para determinar la calidad crediticia y para calcular la exposición permitida sin garantía líquida que la cámara de compensación le reconocerá a los compradores y a los demás Interesados.
(d) El capítulo 4 establece los procedimientos para otorgar la garantía de cumplimiento a cargo de los compradores; para determinar su monto mínimo; para asegurar que su valor cumpla con el monto mínimo requerido, y para solicitar su reducción cuando su valor exceda del monto mínimo.
(e) El capítulo 5 establece los procedimientos para realizar la contribución al fondo de reserva por parte de los compradores; para determinar su monto mínimo; para asegurar que su valor cumpla con el monto mínimo requerido, y para solicitar su reducción cuando su valor exceda del monto mínimo.
(f) El capítulo 6 establece disposiciones adicionales al manual de subastas de largo plazo para la realización de subastas en las que puedan participar entidades responsables de carga distintas a los suministradores de servicios básicos.
(g) El capítulo 7 establece procedimientos para la administración centralizada de los contratos por parte de la cámara de compensación.
(h) El capítulo 8 establece procedimientos para el funcionamiento y las reglas de operación de la cámara de compensación y para el fijar los costos de operación que podrá cobrar a los compradores.
(i) El capítulo 9 establece el procedimiento para la sustitución de los contratos celebrados con anterioridad a la creación de la cámara de compensación por contratos gestionados por la cámara de compensación.
(j) En el capítulo 10 se describen los procedimientos para la solución de las controversias que puedan surgir con motivo de la aplicación de la guía operativa.
(k) Finalmente, en el capítulo 11 se establecen las disposiciones transitorias.