Redacción / Energía a Debate
La Secretaría de Economía (SE) publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de Norma Oficial Mexicana referente a las especificaciones de seguridad y métodos de prueba para luminarios eléctricos de uso en interiores y exteriores.
El proyecto, dado a conocer por la Dirección General de Normas de la SE, lleva como título PROY-NOM-064-SCFI-2017, Productos eléctricos-Luminarios para uso en interiores y exteriores-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, la cual sustituirá y cancelará la NOM-064-SCFI-2000, “Productos eléctricos-Luminarios para uso en interiores y exteriores-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba”, publicada el 22 de mayo de 2000, una vez que sea publicada como NOM.
El documento explica que la NOM en proyecto es aplicable a los luminarios que se alimenten con energía eléctrica para interior y exterior, así como para señalización y emergencia que se fabriquen, importen o comercialicen en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
Agrega que se aplicará independientemente de las características descriptivas o de diseño de la fuente luminosa, ya sea incandescencia, descarga en gas, a través de diodo emisor de luz, semiconductor o elemento de estado sólido, u otra fuente luminosa artificial.
Sin embargo, especifica que no será aplicable a los luminarios para instalarse a bordo de barcos, aviones y vehículos en general; para aplicaciones especiales como faros de identificación y luces que se utilizan en el campo aéreo o en helipuertos como señalización y ayuda visual, luces de obstrucción, luces para fotografía, artículos decorativos de temporada, y luces integradas en aparatos electrodomésticos, herramientas y electrónicos.
Asimismo, tampoco aplicará para los luminarios de uso en áreas clasificadas o peligrosas, sumergibles y terapéuticas.
El proyecto de NOM señala que la evaluación de la conformidad de los luminarios se llevará a cabo por personas acreditadas y aprobadas o por la dependencia competente en términos de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.
Añade que el procedimiento de evaluación de la conformidad establece el proceso y los requisitos para que los particulares demuestren que los luminarios cumplen con lo establecido en este proyecto de Norma Oficial Mexicana. También se establecen los procedimientos, requisitos y responsabilidades de los organismos de evaluación de la conformidad.
Para la elaboración del proyecto de NOM, según se lee en el documento, participaron más de 30 empresas, asociaciones, cámaras, laboratorios y consultoras especializadas en la fabricación y evaluación de luminarios.
En sus artículos transitorios, el proyecto apunta que los certificados emitidos conforme a la NOM vigente de 2000 conservarán su vigencia hasta que concluyan su término, aunque especifica que “los luminarios podrán comercializarse hasta agotar el inventario al amparo del certificado y no podrán utilizarse para ampliar nuevos modelos en la misma familia.”
Respecto a los laboratorios y los organismos de certificación de producto, asegura que podrán iniciar los trámites de acreditación y aprobación, una vez que este proyecto de Norma Oficial Mexicana se publique en el Diario Oficial de la Federación como Norma definitiva.
Consulte el proyecto de NOM en el Diario Oficial de la Federación.