Redacción / Energía a Debate
La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) publicó hoy las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para la gestión integral de los residuos de manejo especial (RME) en el sector.
Los RME se definen como aquellos generados en los procesos, instalaciones y servicios derivados de la realización de las actividades del sector hidrocarburos, que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos conforme a la legislación aplicable, así como aquellos residuos sólidos urbanos generados en las actividades del sector, cuando su generación sea igual o mayor a 10 toneladas al año.
Los regulados que busquen desarrollar un proyecto en el que se generen RME, deberán registrarse 45 días hábiles previos al desarrollo de sus actividades ante la ASEA como microgenerador, pequeño generador o gran generador de RME.
Los grandes generadores de RME estarán obligados a registrar ante la ASEA un plan de manejo de RME, el cual deberá ser presentado a través de un escrito con la solicitud expresa y firmado por sí o a través del representante legal que cuente con facultades para ello, conforme a los plazos establecidos dentro de la normatividad emitida por la ASEA.
Consulte aquí esta nueva normatividad, publicada en el Diario Oficial de la Federación.