Los reglamentos de construcción de los municipios del país deberían considerar umbrales mínimos para carga adicional, como la de paneles solares y de cualquier otro elemento adicional a una edificación, incluidos aquellos relativos a la tendencia global hacia la sostenibilidad, además de establecer la certificación de instaladores para tener acceso a un “predial verde”, consideró la Asociación Nacional de Energía Solar (ANES).
Gilberto Sánchez Nogueira, presidente del organismo, explicó que la instalación de paneles solares de los sistemas de generación eléctrica fotovoltaica agrega “peso muerto” a las estructuras de los edificios que no estaba contemplado en el cálculo original del inmueble, lo mismo en el caso de los sistemas de aire acondicionado, calentadores solares y cualquier otro.
“Todos los elementos de ciertas dimensiones, de ciertos pesos que se coloquen en techos tienen que cumplir con una memoria de cálculo respaldada por un perito”, asguró.
A mediados de junio pasado, la diputada Lucero Deosdady Martínez López, del Congreso del Estado de Tamaulipas, presentó una iniciativa de Decreto que pretende regular la instalación de paneles solares en los municipios de esa entidad.
De acuerdo con la propuesta de la legisladora local, los Ayuntamientos, a través de sus dependencias de Desarrollo Urbano o de Obras Públicas, deberán exigir un permiso formal respaldado por un dictamen técnico o memoria de cálculo estructural antes de la instalación de los paneles solares.
“Con ello se busca fiscalizar técnicamente que las techumbres tengan la capacidad de carga muerta necesaria y que las fijaciones garanticen la resistencia aerodinámica de anclaje (ante el efecto de sustentación o ‘vela’) para resistir las ráfagas de viento y fenómenos hidrometeorológicos extremos propios de la región, previniendo así colapsos, desprendimientos y riesgos para la población”, justifica la propuesta.

Sánchez Nogueira encontró adecuada la iniciativa, toda vez que la regulación para la generación distribuida no contempla la instalación propiamente dicha de los sistemas fotovoltaicos, pero aclaró que –desde su perspectiva– propuestas como la de la diputada Martínez López deberían considerar no solo los paneles solares, sino todo elemento de ciertas dimensiones o peso que se agregue a los inmuebles posterior a su construcción, independientemente de su tipo o propósito.
“El tema de las estructuras como tal, en la regulación de la generación distribuida, no está incluido. Y creo que no está regulado porque no es un tema que tenga que ver directamente con el sector eléctrico”, indicó.
Sin embargo, agregó, respecto a Protección Civil y a todo lo que impacta en el riesgo de tener este tipo de instalaciones en los techos, es importante que se tome también en cuenta.
Paneles, como las alas de un avión
Además del peso, la iniciativa de Decreto menciona, por ejemplo, que hay zonas en Tamaulipas donde las ráfagas de viento pueden alcanzar velocidades de entre 140 y 180 kilómetros por hora “en escenarios ciclónicos”.
Esto, argumenta, puede causar que los paneles se comporten como las alas de un avión o las velas de una embarcación, que empujan la estructura hacia arriba o hacia abajo.
“Si el anclaje no cuenta con una memoria de cálculo que avale la resistencia a la torsión y al arrancamiento mecánicos, las ráfagas de viento pueden arrancar los paneles, proyectándolos como proyectiles de alta peligrosidad hacia la vía pública o colapsando las losas del inmueble”, advierte.
El presidente de la ANES coincidió con el planteamiento de la iniciativa, pero insistió que cualquier otro elemento adicional en los techos puede tener consecuencias graves ante fenómenos como el planteado por la diputada.
“[En los reglamentos de construcción] debería ampliarse a que cualquier elemento que se coloque sobre los techos de ciertas dimensiones y de ciertos pesos debería estar sujeto a esta regulación. Esa sería mi percepción”, compartió con Energía a Debate.
Y es que la diputada Martínez López también prevé que las edificaciones existentes y por construirse irán incorporando sistemas fotovoltaicos en función de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas. En concreto, menciona el Objetivo 7 “Energía asequible y no contaminante” y el Objetivo 11 “Ciudades y comunidades sostenibles”.
“Lejos de constituir un obstáculo burocrático para la transición energética, esta reforma dota a los gobiernos locales de un marco jurídico idóneo para asegurar que el crecimiento de la infraestructura solar urbana se realice bajo criterios de resiliencia, seguridad y sostenibilidad a largo plazo”, puntualiza la propuesta de Decreto.
Predial “verde”
Gilberto Sánchez recordó que la ANES promueve lo que han llamado el “predial verde” que consiste en un estímulo en el pago de este impuesto local a los propietarios de inmuebles que registren ante el municipio o alcaldía su instalación fotovoltaica pero que, además, el instalador cuente con una licencia y certificación para ello.
Desde su experiencia como empresario en el ramo de la generación distribuida, el experto explicó que quienes colocan este tipo de sistemas son “instaladores nómadas”, es decir, operan fuera de su centro de trabajo.
“Lo que nosotros hemos visto es que hay muchos instaladores nómadas. ¿Qué son estos? Por ejemplo, una empresa de Monterrey llega a instalar a la Ciudad de México y se va. Probablemente dejó un problema ahí, pero tú no sabes quién lo hizo”, expuso.
Ante situaciones como esta, la Asociación propone el otorgamiento de licencias de funcionamiento por parte de cada administración local a quienes pretenden trabajar al interior de su demarcación.
“Para estimular esto, para que el usuario que econtrate este tipo de servicios exija que quien le vaya a instalar tenga una licencia de funcionamiento […] Sería a través de registrar su instalación en el municipio. y obtener un beneficio, un estímulo. Esto sería a través del ‘predial verde'”, propone
El municipio de San Pedro Garza García, en el estado de Nuevo León, implementó en noviembre de 2025 el “predial verde”, que otorga hasta 20 por ciento de descuento en el pago de este impuesto a quienes instalen en sus techos paneles fotovoltaicos, calentadores solares de agua o cualquier otro medio de aprovechamiento de energía renovable. Sin embargo, no impone requisito de instalación alguno propiamente dicho, ni certificación o licencia de operación para el instalador.
La propuesta de ANES incluye una tarifa a los peritos que certifiquen que las instalaciones están hechas conforme al Reglamento local. Dicha tarifa, especificó Sánchez Nogueira, estaría basada en un estudio que hicieran los colegios de ingenieros, mecánicos y civiles, según las características socioeconómicas de cada municipio o alcaldía.
Por último, Giberto Sánchez también propuso que la certificación de capacidades de instaladores se realice por empresa, independientemente de que actualmente se hace por instalador, además de que cada administración establezca una ventanilla electrónica para evitar posibles actos de corrupción en esta actividad.
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