Redacción / Energía a Debate
Se publica hoy en el Diario Oficial de la Federacion (DOF) un decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Asociaciones Público-Privadas,
Las modificaciones tienen que ver, en particular, con la aprobación de recursos públicos federales. Se establece, por ejemplo, que el análisis sobre la viabilidad económica y financiera de los proyectos deberá considerar supuestos económicos y financieros razonables, los flujos de ingresos y egresos del proyecto durante el plazo del mismo, así como una adecuada distribución de riesgos entre el sector público y el sector privado durante las etapas de preparación, construcción y operación del proyecto. A partir de este análisis, deberá determinarse si el proyecto es o no viable económica y financieramente.
La estimación del monto máximo anual del gasto programable para los proyectos de Asociación Público-Privada no podrá ser superior a la determinación del producto que resulte de multiplicar por uno por ciento el gasto programable aprobado por la Cámara de Diputados para el Gobierno Federal y las entidades de control presupuestario directo, en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio inmediato anterior. El proyecto de Presupuesto de Egresos deberá incluir la estimación del monto máximo anual del gasto programable para los proyectos de Asociación Público-Privada, a fin de atender los compromisos de pago requeridos, tanto de los proyectos nuevos que pretendan iniciar las Dependencias o Entidades Federales durante el siguiente ejercicio fiscal, como de aquéllos previamente autorizados.