Redacción / Energía a Debate
El pasado martes la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo para su discusión el caso de una comunidad zapoteca de más mil personas que interpusieron en 2015 una demanda legal por violar su derecho a la libre determinación, al territorio, a la no discriminación, a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado, en contra de la Secretaría de Energía (Sener) y otras dependencias del Gobierno mexicano, relativa a la construcción del megaproyecto Eólica del Sur.
Un grupo de organizaciones civiles dieron a conocer lo anterior tras una larga lucha emprendida por habitantes de la comunidad zapoteca de Juchitán de Zaragoza, Oaxaca, y organizaciones indígenas del Istmo de Tehuantepec, por lo que expresaron su congratulación por esta decisión que podría sentar un precedente histórico para todos los casos en los que las comunidades vean afectado su derecho a la libre determinación sobre su territorio.
Estas organizaciones firmantes, que son Articulación de Pueblos Originarios de Istmo Oaxaqueño en Defensa del Territorio (APOYO); Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA); Fundar. Centro de Análisis e Investigación A.C.; Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuantepec A.C., y Asesoría y Defensa Legal Sureste, explicaron que desde septiembre de 2015, cuando iniciaron la denuncia legal, la autoridad judicial que recibió el caso otorgó una suspensión del proyecto que se mantuvo por más de dos años; sin embargo, en junio de 2016 un nuevo titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Salina Cruz, Oaxaca, les negó el amparo a partir de criterios regresivos con los estándares internacionales sobre el derecho a la consulta previa y al consentimiento libre e informado.
Puntualizaron que, a la fecha, han iniciado algunos trabajos iniciales de la obra, anunciándose con bombo y platillo por la empresa y las autoridades del estado y del municipio de Juchitán, “como si ignoraran que la SCJN estaba por decidir sobre la atracción del caso.”
“Es preocupante la insistencia del Gobierno mexicano de imponer un proyecto en beneficio de grandes transnacionales como FEMSA y de la mano con Mitsubishi en detrimento del interés público y del propio municipio, que ahora recibirá menos ingresos por un recorte de impuestos locales para este tipo de proyectos que fue anunciado recientemente”, manifestó el grupo activista.
Añadieron que en respaldo a la batalla legal de las comunidades, organizaciones nacionales e internacionales de reconocida trayectoria en la defensa de derechos humanos, entregaron una carta a los Ministros de la Primera Sala en víspera de la discusión, en la cual les instaron a atraer el caso, “a fin de que el Máximo Tribunal defina el carácter de previo de las consultas en México” y así impedir que los procesos de consulta sobre proyectos inicien con los permisos gubernamentales ya autorizados en una total simulación.
Estas organizaciones referidas son la Fundación para el Debido Proceso (DPLF), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL. Centro América), WOLA (EUA), Asociación Interamericana de Defensa del Ambiente (AIDA), la Coalición Internacional para el Habitat. América Latina. (HIC.AL), Dejusticia (Colombia), Conectas (Brasil), la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle, la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Washington, OXFAM México, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro PRODH), el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Indignación. Promoción y Defensa de Derechos Humanos, SERAPAZ, el Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuantepec, Fundar, Centro de Análisis e Investigación y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA).
En este sentido, consideraron, la Corte tendrá la oportunidad histórica de remediar los fuertes señalamientos que diversas relatorías de las Naciones Unidas han hecho al Estado mexicano en fechas recientes.
Destacaron lo expresado por el Relator sobre defensores quien constató que “en muchas ocasiones, las consultas son una simple formalidad para proyectos que ya han comenzado a implementarse. Aliento fuertemente a las autoridades mexicanas a garantizar el consentimiento informado, libre y previo de comunidades indígenas…” Leer más aquí.
En el mismo sentido, la Relatora de Pueblos indígenas alertó sobre, “el hecho de que los pueblos indígenas no están siendo apropiadamente consultados, de acuerdo con los estándares internacionales, sobre proyectos y otras decisiones que afectan sus derechos…”. De igual forma señaló “un serio patrón de exclusión y discriminación, que a su vez se refleja en la falta de acceso a la justicia…” por lo que urgió al Gobierno mexicano a “adoptar medidas decisivas para mostrar un verdadero compromiso para cumplir con los derechos de los pueblos indígenas.”
Por lo anterior, concluyeron las organizaciones firmantes, una vez lograda la atracción del caso por la SCJN, con el respaldo de más de treinta mil firmas en la plataforma www.change.org, los demandantes de la comunidad y la sociedad civil organizada esperamos que nuestro Máximo Tribunal proteja de forma efectiva los derechos del pueblo indígena zapoteco y cancele los permisos del parque Eólica del Sur que fueron otorgados sin un adecuado proceso de consulta previa, libre e informada. Asimismo, hacemos un llamado urgente a la Empresa Eólica del Sur y al Gobierno mexicano para que se abstenga de continuar con la obra estando pendiente el veredicto final de la Corte.