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El Senado aprueba ley para frenar robo de hidrocarburos

Redacción por Redacción
marzo 1, 2008
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El Senado aprueba ley para frenar robo de hidrocarburos

Redacción / Energía a Debate

El Senado de la República aprobó hoy, en lo general y en lo particular, con 69 votos a favor, 18 en contra y dos abstenciones, un paquete de reformas fiscales y penales que fortalecen la actuación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en la supervisión de toda la cadena de producción y comercialización de los hidrocarburos y petrolíferos, a fin de evitar que el robo de estos combustibles.

La iniciativa tiene por objeto robustecer el Código Fiscal de la Federación, la Ley Aduanera, el Código Penal Federal y de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos, y así frenar la ordeña de ductos de Pemex, así como la distribución y venta del combustible robado, incluso en gasolineras establecidas.

También fortalece las funciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que los propietarios de gasolineras emitan por obligación comprobantes fiscales digitales por medios propios a través de proveedores de servicios o con los medios electrónicos que en dichas reglas se determine.

Se impondrá sanción de tres a ocho años de prisión a los dueños y administradores de gasolineras que no mantengan los controles volumétricos, carezcan, alteren, inutilicen o destruyan los equipos y programas informáticos destinados a llevar a cabo los controles volumétricos o realicen, permitan o entreguen a la autoridad registros falsos, que induzcan al error, incompletos o inexactos en los controles volumétricos.

Asimismo, cuando la Comisión Reguladora de Energía advierta que una persona realiza actividades sin permiso o no acredite la adquisición lícita de los hidrocarburos, se impondrán sanciones como la clausura temporal, total o parcial, inhabilitar o inmovilizar equipos, instalaciones, vehículos o sistemas, así como ordenar la suspensión temporal del suministro.

Se impondrán sanciones como son multas de 35 mil a 61,500 pesos, o de tres meses a tres años de prisión, a quien mediante cualquier medio físico, documental, electrónico, óptico, magnético suplante la identidad, representación o personalidad de un contribuyente.

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