La Secretaría de Economía federal conformará y llevará la operación del Registro Único de Proyectos de Inversión (RUPI) que tendrá como uno de sus objetivos concentrar en una sola plataforma cualquier proyecto en el país y otorgar una constancia de participación en el mismo.
Para ello, mediante Acuerdo, la dependencia aún bajo el mando de Raquel Buenrostro Sánchez publicó este lunes las Disposiciones generales para la operación del Registro Único de Proyectos de Inversión.
Este instrumento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), fue anunciado públicamente en julio pasado por el próximo titular de la dependencia, Marcelo Ebrard Casaubón, ante empresarios, inversionistas, legisladores y funcionarios públicos de los tres niveles de gobierno.
El Acuerdo fundamenta la creación de este Registro en que el Eje General III. “Economía”, apartado “Respeto a los contratos existentes y aliento a la inversión privada”, del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, prevé que se alentará la inversión privada, tanto nacional como extranjera, y se establecerá un marco de certeza jurídica, honestidad, transparencia y reglas claras.
“Los inversionistas que cuenten con la constancia [de registro] pueden acceder de manera inmediata al acompañamiento por parte de la Secretaría, a través de la Dirección General, en los trámites necesarios para la materialización de su proyecto de inversión en el país. La Dirección General es la responsable de informar a los Enlaces de las autoridades federales sobre el inicio del proceso de acompañamiento en un plazo no mayor a cinco días hábiles a partir de la emisión de la constancia”, establece la cláusula octava de las Disposiciones.
Vigencias
Más adelante, las Disposiciones aclaran que el acompañamiento por parte de la Secretaría de Economía tendrá una vigencia de dos años en los casos de que se establezca una nueva inversión extranjera o una nueva sociedad mexicana.
En el caso de proyectos que tengan por objeto la expansión de operaciones o la creación de nuevas líneas de producción de una sociedad ya constituida, a través del incremento del capital social, el financiamiento por terceros o del mismo grupo corporativo, mediante la reinversión de utilidades, entre otros, la vigencia será de un año.
Y se otorgan cinco años a los proyectos cuyo monto de inversión sea mayor a diez veces el monto a que se refiere el artículo Segundo, fracción III, del Decreto por el que se crea la Ventanilla Única para Inversionistas y el Registro Único de Proyectos de Inversión, publicado en el DOF el 26 de julio de 2023.
Por otra parte, el artículo segundo transitorio establece que los inversionistas que cuenten con un proyecto de inversión cuyo proceso de materialización haya iniciado previo a la entrada en vigor del Acuerdo sin concluir los trámites necesarios para dicha materialización, pueden solicitar su inscripción ante el RUPI dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este instrumento, la cual será a partir de mañana martes.