Redacción / Energía a Debate
Se publicó el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, recién aprobado por ambas cámaras del Legislativo, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) de hoy.
El Decreto, firmado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, tiene, entre sus principales objetivos, modificar el orden de prioridad en el despacho de las plantas generadoras de energía que alimentan el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), dando prioridad a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre empresas privadas.
También, de acuerdo con el Cuarto Transitorio del Decreto, obligará a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a revisar e invalidar los permisos de autoabastecimiento de energía eléctrica obtenidos, en su caso, mediante “fraude a la ley”.
A su vez, el Quinto Transitorio, ordena la revisión de los contratos con productores independientes de energía eléctrica para garantizar su legalidad y rentabilidad para el gobierno federal. En consecuencia, serán revisados los contratos de compromiso de capacidad de generación de energía eléctrica y compraventa de energía eléctrica suscritos con productores independientes de energía al amparo de la anterior Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
Cabe destacar que, de acuerdo al Tercer Transitorio, la Secretaría de Energía, la CRE y el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), dentro del ámbito de su competencia, dispondrán de un plazo máximo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del Decreto publicado hoy, para realizar las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios expedidos en materia de energía eléctrica, con el fin de alinearlos a lo previsto en el Decreto.