El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eligió esta mañana a la ministra Norma Lucía Piña Hernández como nueva presidenta del máximo tribunal del país, con lo que se convierte en la primera mujer en ocupar este importante cargo en la historia de México.
En una sesión pública difundida a través de medios digitales, la jurista Piña Hernández obtuvo seis votos, dejando fuera a la ministra Yasmín Esquivel Mossa, la candidata promovida por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
Además de Esquivel, la nueva ministra presidente compitió por el cargo contra los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán.
Al darse a conocer el resultado de la votación que le favoreció, la nueva presidente de la Corte expresó su reconocimiento por que en el Poder judicial se ha roto “el techo de cristal” que impedía a las mujeres ocupar altos cargos como el que ahora tendrá.
“Reconozco la determinación por romper lo que parecía un inaccesible ‘techo de cristal’”, manifestó quien sucederá en el cargo al ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien ocupó la silla desde el 2 de enero de 2019.
Cabe recordar que la ministra Piña Hernández votó a favor de la inconstitucionalidad de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), promovidas por el Ejecutivo federal, aprobadas por el Congreso de la Unión y publicadas el 9 de marzo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación.
“En principio, quiero destacar que no corresponde a esta Suprema Corte determinar la planeación ni el control del Sistema Eléctrico Nacional, tampoco nos corresponde establecer cuál es el mejor sistema para nuestro país”, aclaró en su posicionamiento en aquella sesión.
“Como órgano de control de la constitucionalidad del orden jurídico, nuestra función consiste en constatar que las normas sometidas a escrutinio se apeguen al marco de regularidad constitucional y convencional. Nuestra obligación es respetar y hacer que las normas jurídicas sujetas a escrutinio respeten la Constitución vigente”, agregó.
En ese sentido, la ministra Piña vio que el cambio en el despacho de energía eléctrica realizado por el gobierno federal, que ponía en primer lugar la energía hidroeléctrica generada por las centrales de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en realidad priorizaba a las legadas de esa empresa pública y de privados, pero que en ellas había centrales con base en combustibles fósiles, violando el derecho de los mexicanos a un ambiente sano.
“El proyecto dice que en la ley se le está dando prioridad al despacho de la energía producida por centrales hidroeléctricas. Esta afirmación no la comparto”, afirmó en ese entonces.
“De la lectura conjunta de los artículos 4, fracción VI, y 26 de la ley impugnada, desprendo que, en realidad, quienes van a tener prioridad en el uso de las redes para el despacho de la energía eléctrica son las centrales legadas —que son ahora todas las centrales propiedad del Estado y las centrales externas privadas legadas”, añadió.
Por ello, explicó: “Una central eléctrica legada o externa legada no es necesariamente una planta hidroeléctrica, sino que —incluso— puede ser una central eléctrica que produce energía a partir de la utilización total o parcial de combustibles fósiles”, denunció.
La controversia constitucional en contra de dichas reformas fue promovida por un grupo de senadores de oposición, mayoritariamente del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), sobre la cual el Pleno de la Corte sesionó el 7 de abril de 2022.
Sin embargo, no se alcanzó la mayoría calificada de 8 votos sobre 11 para decretar la inconstitucionalidad de las reformas, toda vez que en el conteo de los votos el ministro Juan Luis González Alcántara se pronunció en contra por ser violatorias al derecho humano a la libre competencia, mientras que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz-Mena lo hizo también en contra del derecho humano a un ambiente sano.
En ese día, la votación se computó conforme a los apartados de la controversia, A, B y C, mas no en relación con los diversos artículos de la Ley que motivaron la controversia, de manera que la votación de González Alcántara quedó ambigua.
En esa sesión, tanto la ministra Norma Lucía Piña como el ministro Luis María Aguilar expresaron su preocupación de que un mismo ministro (Gutiérrez Ortiz-Mena) votara a favor de la validez de la LIE reformada por una consideración y en contra por otra consideración diferente.
El 19 de abril de ese mismo año, el Pleno de la Corte volvió a sesionar para precisar la votación, misma que al final quedó como se había registrado en la sesión del día 7.