Redacción / Energía a Debate
El Órgano de Gobierno de la CRE emitió el Acuerdo por el cual se interpreta el artículo 46, fracción I de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) para permitir la venta de energía eléctrica entre particulares. El acuerdo tiene como objetivos incentivar la inversión, investigación, innovación y competencia en la industria eléctrica, potenciando diversas actividades económicas para la venta de energía eléctrica en beneficio de los consumidores. Esta nueva regulación incentiva, además de otras posibilidades de negocio, el despliegue de estaciones para la recarga de vehículos eléctricos, conocidas como electrolineras.
Al incentivar la construcción de infraestructura para la recarga de autos eléctricos, se beneficiará a los usuarios de este tipo de vehículos pues tendrán la posibilidad de acceder a más puntos de recarga. A la par, se promoverá el aumento en la producción de vehículos eléctricos por parte de la industria automotriz mexicana, resultando en mayores empleos, crecimiento económico, innovación en ese sector y el mejoramiento del medio ambiente.
Previo a la aprobación de esta regulación, los inversionistas interesados en instalar electrolineras en el país no contaban con las reglas para proveer energía eléctrica a los usuarios de vehículos eléctricos e híbridos, limitando su desarrollo. En los últimos 3 años, se han instalado alrededor de 2,000 centros de recarga para vehículos eléctricos e híbridos. Con la aprobación de este Acuerdo, se espera que el aumento en el número de electrolineras instaladas en el país sea superior al visto en años anteriores.
Adicionalmente, empresarios del sector eléctrico, por ejemplo, los fotovoltaicos y eólicos, serán también beneficiados ya que podrán desarrollar estaciones de recarga a través del aprovechamiento de los recursos solares y eólicos, reduciendo la huella de carbono en lo referente a la generación de energía.
Otro segmento que se beneficiará de esta regulación son las Startups tecnológicas y/o investigadores que busquen desarrollar medios más eficientes e inteligentes para la recarga de vehículos eléctricos, como la recarga eléctrica inalámbrica o estaciones que cuenten con tecnología para el cargado rápido de los autos.
Además de las electrolineras, el Acuerdo ofrece alternativas a los Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAs), empresarios y/o desarrolladores del sector inmobiliario, que arrienden o gestionen espacios compartidos de trabajo (coworking), oficinas, locales en centros comerciales, o departamentos residenciales, ya que, como parte de sus estrategias comerciales, ahora podrán ofrecer la venta de energía eléctrica según las necesidades de sus clientes. Otro elemento interesante de esta regulación es que las FIBRAs pueden recurrir al Suministro Calificado, al agregar las cargas de sus arrendatarios, y así ofrecer energía a precios más competitivos.
Sin esta regulación, los desarrolladores y administradores en el sector inmobiliario no podían ofrecer la venta de energía, como parte de su estrategia de negocio; mediante este instrumento regulatorio, aumentan las expectativas de inversión por parte de las FIBRAs, mismas que han colocado en distintos mercados financieros un monto que asciende a los 200 mil millones de pesos para el financiamiento de bienes inmuebles, con un valor de las propiedades de inversión de los fideicomisos que asciende a los 400 mil millones de pesos.
Esta regulación establece que cualquier persona que no desee comprar energía eléctrica al arrendatario de un bien inmueble, tiene el derecho de contratar el servicio de Suministro Eléctrico que más le convenga.
En general, grupos de inversión cuyo objeto sea financiar e impulsar esquemas de negocios innovadores y con un fuerte sentido y compromiso con el medio ambiente podrán potenciar sus iniciativas mediante este Acuerdo, con la garantía de que podrán recuperar sus inversiones.
Es de mencionar que la CRE estableció en este Acuerdo, que este tipo de actividades de compraventa de electricidad, no requiere de un permiso ante la CRE, toda vez que con base en el artículo 46 de la LIE, la venta de energía eléctrica de un Usuario Final a un Tercero, no se considera comercialización. Mediante el empleo de ese esquema, se permite la compraventa de energía eléctrica entre personas físicas y/o morales, como una opción para satisfacer la demanda de energía a consumidores.
Para poder materializar este esquema alterno de compra-venta de energía eléctrica, establecido en la LIE, la CRE tenía que sentar de forma clara y transparente, las bases normativas que dieran la suficiente certeza jurídica y sustento a los interesados en las actividades económicas antes mencionadas. Para ello, se realizaron reuniones desde finales de 2017 con empresarios e inversionistas nacionales e internacionales líderes, como por ejemplo Fibra Dhanos, PAESE CFE, y Tesla.
Así, este Acuerdo, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, ha sido aprobado habiendo agotado todos los procesos para escuchar las distintas necesidades de los particulares y la sociedad, a través del proceso de consulta pública, con el fin de emitir una regulación que lograra alinear los intereses públicos y privados.
El Acuerdo aprobado por el Órgano de Gobierno de la CRE, que interpreta el artículo 46, fracción I de la LIE, fomenta el desarrollo y crecimiento del bienestar de la sociedad mexicana a través de la certeza jurídica que brinda esta regulación, la cual busca incentivar las inversiones en el sector eléctrico, tecnológico, automotriz e inmobiliario, entre otros, así como fomentar la competencia, manteniendo el compromiso de la CRE con el medio ambiente.
Asimismo, el Acuerdo protege los intereses de los consumidores, al precisar las reglas para que lleven a cabo transacciones de compraventa de energía eléctrica, al tiempo que le ofrece más opciones de consumo de energía.