Redacción / Energía a Debate
El líder petrolero Carlos Romero Deschamps deberá comparecer ante el juez que liberó la orden de aprehensión en su contra dentro de un plazo de tres días, ya que la suspensión definitiva que se le otorgó dejará de tener efectos si es que los delitos que se le imputan merecen prisión preventiva.
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) precisó en la tarde de este miércoles acerca de la medida concedida al secretario general del Sindicato Único de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (SUTPRM), el cual ha sido señalado por la Unidad de Inteligencia Financiera por probable enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, delitos en los que estarían involucrados miembros de su familia.
La medida de la suspensión definitiva en favor de Romero Deschamps “se concedió porque varios de los jueces que el quejoso señaló como responsables no rindieron el informe previo que el Juez de Distrito solicitó, dentro del plazo perentorio que la Ley de Amparo establece”, afirmó la CJF en una nota a medios de comunicación.
“De modo que, ante la ausencia de esos informes, de acuerdo a la propia legislación, el juzgador debe presumir ciertos los actos reclamados a las autoridades omisas y pronunciarse respecto de la suspensión solicitada; que es lo que hizo el juez de amparo”, abundó el Consejo.
Más adelante, el organismo perteneciente al Poder Judicial de la Nación agregó: “La resolución incidental es clara en señalar que la suspensión concedida no surtirá efectos si los delitos imputados al quejoso merecen prisión preventiva oficiosa”.
Ante ello, concluyó: “La misma resolución precisa que si el quejoso no comparece ante el juez que hubiese librado la orden de aprehensión dentro del plazo de tres días, la suspensión concedida dejará de tener efectos”.