La Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) desaparecerán como Organismos Constitucionales Autónomos (OCA), de manera que sus recursos y atribuciones se integrarán a la Secretaría de Energía (Sener), de acuerdo con el proyecto de dictamen elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados que ha circulado en medios el día de hoy.
A un mes de que termine la presente Legislatura y siguiendo la instrucción del presidente de la República, enviada en la forma de un paquete de 20 iniciativas de reformas, adiciones, modificaciones y derogaciones remitido al Congreso de la Unión el 5 de febrero de este año, la fracción parlamentaria del partido oficialista Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) ya prepara el dictamen por el que desaparecerían siete OCA, entre ellos, la CRE, la CNH y la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
“La modificación estructural que se propone, en los términos que señala el Presidente de la República, parte de la exigencia establecida en el propio marco jurídico nacional que reconoce la supremacía del interés general, público y social, sobre el interés privado, ya que el primero hace posible el ejercicio efectivo de los derechos humanos que implican el disfrute de los bienes comunes de la Nación, como condición indispensable, incluso, para el ejercicio de otros derechos humanos; lo que, a su vez, exige replantear la organización administrativa del Estado Mexicano para hacerla congruente con los principios de racionalidad, austeridad, eficiencia, eficacia, y el derecho a una mejor administración pública”, expone el proyecto de dictamen.
Al respecto, la Comisión bajo la presidencia del diputado morenista Juan Ramiro Robledo Ruiz cita el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el cual reza que “el mercado no sustituye al Estado”.
Artículos a modificar
Para la desaparición de la CRE, la CNH y la Cofece se modificará el Artículo 28 Constitucional, de manera que los recursos humanos, materiales y los asuntos de cada uno pasen a la Sener, en el caso de las dos primeras, y a la Secretaría de Economía, en cuanto a la tercera.
El texto propuesto para este artículo es:
“El Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir y supervisar la política energética del país, contará con atribuciones para llevar a cabo la regulación técnica y económica; así como la facultad sancionadora en materia energética y de hidrocarburos, en los términos que determine la ley” (el énfasis son las partes modificadas en el proyecto de dictamen).
En materia de competencia económica, el proyecto propone:
“El Estado garantizará la libre competencia y concurrencia, por lo que deberá prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen esta Constitución y las leyes. Al efecto, el Ejecutivo Federal, a través de la dependencia encargada de formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país, contará con las facultades necesarias para cumplir con dicho objeto, tales como ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia;…” (el énfasis son las partes modificadas en el proyecto de dictamen).
Los artículos transitorios especifican que los asuntos que estén atendiendo las Comisiones previos a la entrada en vigor del Decreto, en caso de ser aprobado, continuarán bajo la reglamentación vigente.
Igualmente indica que los cargos de los comisionados concluirán con la entrada en vigor del decreto, no así el de los trabajadores de los OCA, quienes se integrarán a las dependencias que les correspondan, garantizando así sus derechos laborales.
Impacto de la extinción de los OCA
La Comisión de Puntos Constitucionales señaló en el proyecto de dictamen que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) no encontró impacto presupuestario.
“No se crean o modifican entidades públicas, plazas, los programas que llevan adelante las dependencias y entidades públicas en sentido presupuestal, ni se establecen destinos específicos de gasto público, ni se prevén atribuciones o funciones para las dependencias y entidades públicas que exijan por sí, mayor asignación de recursos públicos, ni hay disposiciones que incidan en la regulación de la materia presupuestaria”, citó la Comisión.
Del mismo modo, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados concluyó en el mismo sentido que la iniciativa del Presidente de la República carece de impacto presupuestario.
Los OCA a desaparecer
En el proyecto de dictamen, además de la CRE, la CNH y la Cofece, también aparecen el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que se integrará a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), para lo cual se deberán modificar los Artículos Constitucionales 27 y 28.
El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), que será absorbido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), con reformas al Artículo 26.
Las funciones, recursos y atribuciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos Personales (INAI) quedarán repartidas en la Secretaría de la Función Pública (SFP), el Instituto Nacional Electoral (INE), órganos de control del Poder Judicial, órganos de control de organismos autónomos que no desaparezcan y órganos de control de los Poderes Ejecutivo Federal, Legislativo y Judicial de los estados de la Federación.
Lo referente a sindicatos, al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
Y sobre los datos personales de particulares, las atribuciones y obligaciones quedarían a cargo del Ejecutivo Federal, conforme se determine en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
En este caso, los Artículos de la Constitución a modificar serán el 6, 41, 76, 78, 89, 105, 113, 116 y 123.
Para la extinción del Instituto Nacional de Mejora Continua de la Educación (MEJOREDU), se modificará el Artículo 3, fracción IX para trasladar sus funciones, atribuciones y recursos a la Secretaría de Educación Pública (SEP).