Haciendo un análisis retrospectivo de lo que ha sucedido en materia de reformas eléctricas, parece que en el fondo lo que hay es el encuentro o choque de dos posturas radicalmente distintas: aquella que sostiene que el Estado es quien debe estar a cargo del sistema eléctrico y controlar total o mayoritariamente los componentes del sistema, y aquella otra visión en la que estamos los que creemos que los ciudadanos tenemos el derecho a generar energía para nuestro uso o para intercambiarla en un mercado regulado. Y atención aquí, pues no se está hablando de un mercado totalmente abierto y libre, sino uno con reglas claras, impuestas por el Estado, que garanticen la libre concurrencia, pero también el derecho a tener acceso a energía por parte del ciudadano o consumidor.
Hagamos un poco de historia. En 2013 se hizo un cambio a la Constitución que estableció el derecho de quienes habitamos este país a generar energía eléctrica. Insisto, ya sea para consumo propio o para participar en un mercado regulado por el Estado, pero abierto a quien quiera entrar en él cumpliendo con todas las reglas, tanto técnicas como administrativas.
Si usted quiere generar energía eléctrica (con un generador de más de 500 kilowatts, o sea, más de mil paneles solares de 500 watts, como ejemplo), tiene que solicitar permiso al Estado, el cual mediante la Comisión Reguladora de Energía (CRE) revisará que usted cumpla con los requisitos que marca la ley y, de ser así, le deberá reconocer su derecho a generar energía. En otras palabras, no es que el Estado a través del órgano regulador, de buena onda, le otorgue una concesión para generar energía, sino que le reconoce su derecho a hacerlo.
Después del permiso viene una serie de condicionantes técnicas que hay que cumplir para conectarse al sistema eléctrico, si es que así es su proyecto. Si pretende usar un generador más pequeño a esos 500 kilowatts, no necesita permiso, solo un contrato si es que se conectará a la red.
Por otro lado, el Estado tiene la facultad de planear el desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) y eso lo hace mediante el Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (PRODESEN). Pero cuidado, el programa es solo indicativo, lo que quiere decir que la Secretaría de Energía (SENER), mediante este Programa, indica dónde se requieren centrales eléctricas, líneas de transmisión o de distribución, con el objetivo de satisfacer la demanda y mantener la estabilidad del sistema, pero eso no puede limitar el derecho de las personas a generar energía e interactuar con el sistema eléctrico. Si usted cumple con las exigencias de la ley y las reglas técnicas del operador del sistema, se puede instalar, conectar y hacer transacciones físicas y financieras con la red.
¿Por qué traigo esto a colación?
Porque hace unos días la Comisión Reguladora de Energía rechazó otorgar un permiso de generación a un parque solar que entregaría la energía para el consumo de un municipio. En otras palabras, un mexicano o grupo de mexicanos decidieron ejercer su derecho a generar energía para entregarla a un gobierno local, a través del mercado eléctrico y las redes de transmisión y distribución. Y la CRE les negó su derecho.
Más allá de las razones que argumente la CRE en la resolución que deberá entregar al solicitante, hubo una solicitud a la SENER de un comisionado que es necesario rescatar para entender la confusión del regulador ante el hecho de que la energía que pretendía generar la empresa sería para satisfacer las necesidades de un ayuntamiento.
El regulador pidió a la Secretaría de Energía que avisara a los municipios y a los estados que solo la federación podía planear el sistema eléctrico; es decir, que el comisionado supone que la planeación significa que solo la SENER puede decidir quién y cómo pueden ejercer sus derechos. Esto implicaría que dejaría de ser un derecho para volverse una (graciosa) concesión.
Esta visión, absolutamente estatista, es contraria a la Constitución, esa que los comisionados, al ser servidores públicos, debieron haber jurado cumplir y hacer cumplir, lo que significa que el regulador está limitando los derechos de los ciudadanos porque estos no se ajustan en los planes de la actual administración (o de algunos burócratas) por lo que los ciudadanos nos vemos imposibilitados de ejercer nuestros derechos.
“Esta visión, absolutamente estatista, es contraria a la Constitución”.
La realidad es que lo que se manifiesta por parte del citado regulador es una barrera ideológica, esa que fue eliminada en la reforma de 2013 y que ya no está plasmada en la Constitución.
Bajo estos criterios inconstitucionales, se está frenando un sector que requerirá inversiones millonarias que el Estado no puede sufragar y que puede llevar a problemas energéticos de mediano plazo, si no es que ya están en algunas regiones del país.
Y esta visión frena el desarrollo, el empleo, incluso las oportunidades del nearshoring tan cacareadas por este gobierno. Todo sea por acercarse a modelos estatistas que tanto éxito han tenido en Venezuela o Cuba, ¿verdad?
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