La Secretaría de Economía (SE) creó la Ventanilla Única para Inversionistas y el Registro Único de Proyectos de Inversión, que incluye los referidos al sector energético, entre otros, ante la llegada de las inversiones por el fenómeno de la relocalización, o nearshoring.
“Con el fin de posicionar a México como un receptor de inversión extranjera ante el fenómeno de ‘relocalización’, resulta necesario contar con un instrumento que facilite la planeación y establecimiento de los proyectos de inversión extranjera en nuestro país”, se lee en la sección de Considerandos del Decreto correspondiente publicado la tarde del miércoles de esta semana.
Refiere que diversos trámites vinculados con la instalación de inversiones en México se deben realizar ante diversas instancias de gobierno y cita a las Secretarías de Gobernación; de Hacienda y Crédito Público; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Energía; de Economía; de Agricultura y Desarrollo Rural; de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y de Salud.
Igualmente, menciona a los órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector coordinados por las Secretarías arriba enlistadas, como lo son el Instituto Mexicano del Seguro Social, los órganos reguladores coordinados en materia energética, las entidades paraestatales no sectorizadas, y las empresas productivas del Estado.
Quedan excluidos los proyectos de inversión en materia financiera, bancaria, crediticia, de ahorro y de innovación financiera.
“(Por lo anterior) se estima conveniente que los mecanismos antes señalados se enfoquen en ellos, sin perjuicio de que se puedan celebrar convenios de colaboración que permitan incluir los trámites de otras instituciones federales, así como de las entidades federativas y municipios”, agrega el Decreto firmado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.
El documento explica que el Registro Único de Proyectos de Inversión es un mecanismo público, electrónico y gratuito de facilitación administrativa para la gestión del establecimiento en México, de inversiones iguales o mayores a cien millones de dólares norteamericanos, o su equivalente en moneda nacional, conforme a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y la política industrial determinada por el Gobierno federal.
Aclara que dicho monto de inversión puede ser modificado por la SE, de conformidad con el comportamiento de la inversión nacional y extranjera, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Respecto a la Ventanilla Única para Inversionistas, señala que es el mecanismo público gratuito de contacto y orientación para la planeación o instalación de una inversión en México, que integra y transparenta información respecto de los trámites que las personas interesadas deben realizar ante las autoridades federales e instituciones públicas para tales efectos.
Ambos mecanismos serán administrados por la Secretaría de Economía, la cual también determinará los sectores con mayor potencial de crecimiento económico para las inversiones.
El Decreto asimismo establece que la Ventanilla Única y el Registro deberán entrar en operación y funcionamiento dentro de los 180 días naturales a partir de hoy; esto es, en enero de 2024.
Consulte el Decreto por el que se crea la Ventanilla Única para Inversionistas y el Registro Único de Proyectos de Inversión en la página del Diario Oficial de la Federación.