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Filiales de Pemex y CFE transparentarán información de sus contratos

Publica la Presidencia de la República el Decreto de Transparencia que, por primera vez, obliga a las filiales de Pemex y de CFE a hacer pública su información sobre contratos, entre otra

Ulises Juárez por Ulises Juárez
agosto 4, 2026
Energía y erario en México
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La Presidencia de la República publicó la tarde de este martes el “Decreto por el que se determina la información adicional que de manera proactiva publicarán los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal en el ámbito de sus respectivas competencias, por ser de interés público”, un documento que –por primera vez– obliga a las empresas filiales de las empresas del Estado a publicar sus estados financieros y contratos celebrados en México y en el extranjero, entre otros.

Esto significa que las empresas filiales de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) deberán hacer presentar su información corporativa, contratos, actas de asambleas, actas constitutivas y demás información considerada de interés público.

“Se instruye a los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, a que actualicen mensualmente en el Portal de Obligaciones de Transparencia de la Plataforma Nacional de Transparencia la información prevista en el artículo 65, fracción XXVI, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, relativa a los contratos suscritos, incluidos sus convenios modificatorios”, mandata el artículo segundo del documento firmado esta mañana por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.

El artículo 65 referido estipula que los sujetos obligados pondrán a disposición del público en general y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, la información de los temas, documentos y políticas que en el mismo artículo se desglosan.

El artículo incluye 46 fracciones, pero la XXVI citada en el Decreto publicado este día menciona los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados.

Además, el Decreto ordena que la actualización deberá realizarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la conclusión de cada mes, respecto de la información generada durante el mes inmediato anterior, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Pemex reconoce 34 empresas filiales, de las cuales 24 se encuentran en territorio mexicano, 4 en Estados Unidos, 3 en España, y una en cada uno de estas naciones: Irlanda, Países Bajos y Suiza.

La CFE, por su parte, tiene entre otras, CFEnergía, CFE Internacional y CFE Capital.

¿Qué deberán hacer público las empresas filiales de Pemex?

Según la fracción I del artículo tercero del Decreto, las empresas filiales de Pemex y CFE deberán hacer pública la siguiente información:

  • Los estados financieros;
  • Los informes sobre la situación en materia financiera, administrativa, operativa, económica y jurídica, que hagan públicos y deban rendir a las agencias o entidades nacionales y en el extranjero, mismos que deberán contar, en su caso, con la traducción correspondiente al español;
  • Las actas de la asamblea en que se determine la creación, fusión o escisión;
  • Las actas constitutivas que incluyan el país, fecha de constitución, su participación accionaria y su objeto;
  • Los datos del gobierno corporativo, incluidos los que corresponden a la identificación del personal que representa al sujeto obligado en éstas, datos de las personas integrantes del Consejo de Administración y, en su caso, de la persona titular de la Dirección General o equivalente;
  • Las directrices, políticas, lineamientos, procedimientos y demás disposiciones relacionadas con la operación, vigilancia, evaluación del desempeño y seguimiento a los resultados operativos y de negocio;
  • Las políticas de recursos humanos, de remuneraciones y de austeridad;
  • La relativa a contratos celebrados en México o en el extranjero.

Todo ello, indica el documento, será responsabilidad de los Consejos de Administración de las empresas obligadas.

El Decreto también marca lo referente a la fiscalización por parte de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno bajo el mando de Raquel Buenrostro Sánchez, entidad encarga de administrar la Plataforma Nacional de Transparencia.

Plazos

El Decreto entrará en vigor el día de mañana 5 de agosto, pero en su artículo segundo transitorio da un plazo de 90 días para que el organismo Transparencia para el Pueblo emita los criterios técnicos y ponga a disposición de los sujetos obligados los formatos específicos para cumplir con este instrumento.

Asimismo, esa Secretaría habilitará el apartado especial de la Plataforma Nacional de Transparencia.

“Los sujetos obligados deberán publicar la información prevista en el artículo Tercero del presente decreto, dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquel en que Transparencia para el Pueblo ponga a disposición los criterios técnicos y formatos específicos correspondientes”, agrega el artículo.

Consulte aquí el Decreto publicado este día en el Diario Oficial de la Federación.

Tags: cfecontratospemextransparencia
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