El gobierno federal, a través de sus reguladores, como la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), ha incrementado la vigilancia de forma agresiva contra el sector gasolinero, aseguró Ricardo Reynaga, especialista en litigio fiscal-administrativo.
“Este gobierno federal ha sido un poquito más agresivo con el sector, a diferencia de otros gobiernos. Pareciera ser que sí hay una instrucción de vigilar, verificar y en algunos casos de retirar de la operación algunas estaciones de servicio. Se nos hace un tema bastante delicado”, mencionó el especialista.
El abogado comentó que aunque el Estado no ha podido aplicar ninguna reforma constitucional en la materia, los verificadores de los organismos públicos son muy estrictos en las auditorías que aplican al sector de hidrocarburos.
“Hay un rumor en el sector que a las empresas que trabajan con Pemex no las molestan y a las otras sí. Es decir, las que tienen la marca Pemex o las que le compran a Pemex. Si es privada, pareciera ser que ahí le encajan más la uña al empresario”
Ricardo Reynaga, especialista en litigio fiscal y administrativo
“Al eslabón más débil en el cumplimiento de la norma, es ahí donde la autoridad aplica la ley, lo que implica en algunos casos la clausura y en otros la revocación del permiso, pero en cualquiera de los dos casos la consecuencia es la misma: que la empresa deja de trabajar”.
Esto desemboca, añade, en que la compañía afectada deje de pagar nóminas, prestaciones y obtener ganancias, lo que puede desembocar en el cierre definitivo de la estación de servicio.
“El acto está en las facultades en la ley que permiten a la autoridad hacer este tipo de actos, pero que lo estés haciendo bien, ahí es donde nos damos cuenta que no. La autoridad, yo digo que es por falta de capacitación, no quiero ser mal pensado, no aplican bien el procedimiento y no evalúan correctamente”, advierte el abogado.
En este sentido, refirió que la CRE, a cargo de Leopoldo Melchi, dejó de operar mientras el semáforo epidemiológico no estuvo en verde; sin embargo, las visitas a los establecimientos, en sentido contrario a lo que marcó el semáforo, se mantuvieron, e incluso aumentaron.
“La CRE se manejó conforme al semáforo de la Ciudad de México. Había un acuerdo en el que se estableció que mientras la Ciudad de México no estuviera en semáforo verde, la CRE no podía trabajar, pero aquí viene la crítica: dijiste que por el color del semáforo no estás trabajando, pero en otras entidades como Jalisco, Baja California y Sonora, estás suspendiendo permisos”, menciona.
La crítica del sector privado, refiere Ricardo Reynaga, es la incongruencia de que la CRE no admitía pruebas para desvirtuar clausuras, porque “estamos en pandemia”.
“Ahorita ya están recibiendo los trámites, y lo están valorando. Pero durante el cambio de semáforo fue más agresivo que el gobierno no nos recibía. Por una parte nos estaba clausurando y por otra parte no nos querían recibir las pruebas, aunque ahorita ya lo están haciendo”, dijo.
El abogado aclaró que el despacho en el que participa tiene al menos 10 casos de clientes afectados en este año que sufrieron la suspensión de la regulación, contra años anteriores, cuando no solicitaban este tipo de servicios.
Además, consideró que es probable que exista una persecución contra las gasolineras de marca distinta a Pemex o que no le compren combustible a la empresa.
“Hay un rumor en el sector que a las empresas que trabajan con Pemex no las molestan y a las otras sí. Es decir, las que tienen la marca Pemex o las que le compran a Pemex. Si es privada, pareciera ser que ahí le encajan más la uña al empresario”, lo que incluye clausuras, verificaciones o revocaciones de permisos.
Sin embargo, aseguró que la ley en el sector es “muy noble” y se debe cumplir.
AMPAROS NO SON SOLUCIÓN
Ricardo Reynaga advirtió a los empresarios del sector gasolinero que en el caso de la revocación o clausura de estaciones de servicio no aplica el amparo indirecto, y la vía legal correcta para defenderse contra estos actos es el Juicio Contencioso Administrativo, que se tiene que presentar en los primeros 30 días después de la suspensión o revocación.
“Una vez que se acepta la demanda, el juez ordena una suspensión temporal de la clausura o revocación para que la empresa pueda volver a operar hasta que se dicte una sentencia. En caso de que la resolución sea favorable al particular, la empresa puede volver a operar y la clausura queda desechada”, añade.
El abogado comentó que es necesario que las empresas se asesoren con especialistas para atender los temas relativos a los juicios administrativos y obtengan resultados favorables en caso de que la autoridad cometa una injusticia.