Redacción / Energía a Debate
La Secretaría de Economía publicó hoy el Acuerdo por el que se establece la metodología que deberán observar los asociados o contratistas para medir el grado de contenido nacional en las asociaciones y contratos para las actividades de construcción e instalación de obras y proyectos de ampliación y modernización de la infraestructura para prestar el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica.
Para el cálculo del porcentaje de contenido nacional de las actividades para la construcción e instalación de una obra y proyecto de ampliación y modernización de la infraestructura para prestar el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, el asociado o contratista, utilizará la siguiente fórmula:
Donde:
PCN =Porcentaje de contenido nacional de la asociación o contrato;
CNB = Valor en pesos mexicanos del contenido nacional de los bienes adquiridos por el asociado o contratista;
CNS = Valor en pesos mexicanos del contenido nacional de los servicios elegibles contratados por el asociado o contratista;
CNMO = Valor en pesos mexicanos del contenido nacional de la mano de obra utilizada por el asociado o contratista;
B = Valor factura en pesos mexicanos, sin impuestos, de todos los bienes adquiridos por el asociado o contratista;
S = Valor factura en pesos mexicanos, sin impuestos, de todos los servicios contratados por el asociado o contratista; excepto servicios de publicidad, de radiodifusión o de información en medios masivos; servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas; servicios financieros y de seguros; servicios de esparcimiento, culturales y deportivos, y otros servicios recreativos; servicios personales, y cuotas de asociaciones y organizaciones empresariales, y
MO = Valor factura en pesos mexicanos, sin impuestos, de todos los pagos por la mano de obra utilizada por el asociado o contratista.
Vea la publicación completa aquí en el Diario Oficial de la Federación.