A partir de ahora, todo vehículo que transporte combustibles en territorio nacional deberá contar con un código QR único y sistema de geolocalización GPS certificado, de acuerdo con las nuevas disposiciones administrativas de carácter general (DACS) publicadas este martes por la Comisión Nacional de Energía (CNE).
Las DACS establecen los Lineamientos para el balizado y requerimientos técnicos y de interoperabilidad que debe cumplir el sistema de posicionamiento global de unidades vehiculares registradas en los permisos de transporte y distribución por medios distintos a ductos de petrolíferos, gas licuado de petróleo y petroquímicos.
Según el documento, firmado por el director general de la Comisión, Juan Carlos Solís Ávila, estas disposiciones pretenden contribuir significativamente a la verificación y trazabilidad de los hidrocarburos, al permitir el registro histórico de los trayectos, tiempos de operación, así como puntos de carga y descarga.
Agrega que estas medidas refuerzan el control operativo, la seguridad logística y la transparencia en las actividades reguladas, en concordancia con los principios de legalidad, eficiencia y vigilancia efectiva del sector energético y la detección oportuna de posibles desviaciones o irregularidades, fortaleciendo así la trazabilidad, la supervisión y vigilancia de las actividades reguladas.
Código QR
La CNE lo define como el código bidimensional de respuesta rápida, emitido exclusivamente por la Comisión mediante los medios electrónicos que defina. Al ser escaneado o digitalizado, el QR despliega la información digital alfanumérica almacenada, código que es susceptible de ser leído electrónicamente para efectos de verificación y trazabilidad.
Respecto al balizado, lo explica como el conjunto de distintivos físicos, visibles, permanentes impresos y adheridos en la carrocería de las unidades vehiculares, que permiten la identificación inmediata y verificable de la persona permisionaria, del producto transportado y de la unidad.
Las DACS indican que el QR colocado en el balizado podrá ser leído por personal de la Comisión, de las Secretarías de Estado, de los órganos administrativos desconcentrados y demás autoridades de los tres órdenes de gobierno con las que la CNE haya celebrado convenio de coordinación.
Así, precisa que los permisionarios y los operadores de la unidad vehicular están obligados a permitir la lectura del código QR por las autoridades competentes.
Un GPS por vehículo
Las DACS establecen a este respecto que todos los vehículos asociados a los permisos de transporte o distribución distintos a ductos de petrolíferos, gas licuado de petróleo o petroquímicos, deben contar y mantener activo y vigente un sistema GPS (sistema de posicionamiento global, por sus siglas en inglés) que permita en todo momento el monitoreo y geolocalización en tiempo real, por parte de la Comisión.
El documento publicado este día también refiere que, si bien la obligación de contar con un GPS ya está vigente en los títulos de permiso para las actividades de transporte por medios distintos a ducto de petrolíferos, la CNE considera como necesario establecer mecanismos eficientes para su verificación y seguimiento, con el objeto de tener control operativo y trazabilidad de los hidrocarburos en dichas actividades.
Trámites y plazos
Las Disposiciones Administrativas establecen que la CNE generará y entregará, vía su Oficialía de Partes Electrónica (OPE), los QR a los permisionarios con autorizaciones vigentes previas a la entrada en vigor de las DACS, dentro de 15 días hábiles.
Una vez notificado, añaden, el permisionario dispone de 20 días hábiles para implementar el balizado conforme a las especificaciones.
También mandata que las nuevas o actualizadas unidades deberán cumplir antes de iniciar operación.
Denuncia ciudadana
El apartado de supervisión y sanciones, las DACS establecen que la Comisión tendrá facultades de verificación y podrá imponer sanciones por incumplimientos en balizado, QR o GPS.
Asimismo, adelanta que se prevén mecanismos de denuncia ciudadana.
Consulte las DACS en el Diario Oficial de la Federación.