Las tres personas recientemente nombradas por el presidente de la República para ocupar igual número de cargos de comisionado en la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) no cumplen con los requisitos que marca la Ley para dicha responsabilidad, al menos no en el punto relacionado con el desarrollo profesional y académico, además de legislativo.
El pasado 5 de enero, el presidente Andrés Manuel López Obrador designó de manera directa como comisionados de la CNH a José Alfonso Pascual Solórzano Fraga, Martha Patricia Jiménez Oropeza y Baldemar Hernández Márquez, toda vez que el Senado de la República no resolvió en el Pleno el nombramiento de uno de cada terna presentada por el jefe del Ejecutivo.
Solamente la Comisión de Energía aprobó la idoneidad de los candidatos, pero el periodo de sesiones finalizó antes de que el tema subiera al Pleno, por lo que venció el plazo de Ley para ello, abriendo la puerta a que sea el Ejecutivo, y no el Legislativo, quien nombre a los futuros comisionados.
José Alfonso Pascual Solórzano Fraga es ingeniero civil por la Universidad Michoacana de San Nicolás y tiene una Maestría en Ingeniería en Vías Terrestres por la Universidad de Chihuahua.
Ni en su desempeño profesional ni académico ha tenido alguna responsabilidad relacionada con el sector energético. Lo más cercano es que ocupó el cargo de secretario de Comunicaciones y Obras Públicas del gobierno del estado de Michoacán durante aproximadamente un año en la década de los ochenta del siglo pasado.
En la iniciativa privada, ya en la segunda década de los 2000, fue director de Construcción en la Inmobiliaria Constructora Gutiérrez, SA de CV, y tuvo posteriormente el mismo cargo en Inmobiliaria Constructora ASFRA, SA de CV.
Para la presente Legislatura en la Cámara de Senadores, Solórzano Fraga quedó como senador suplente del legislador por el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Cristóbal Arias Solís, quien en 2021 pidió licencia dejando la responsabilidad a Solórzano.
Sin embargo, Arias Solís no era integrante de la Comisión de Energía en ese Poder.
Por su parte, Martha Patricia Jiménez Oropeza es licenciada en Administración de Empresas por el Instituto Tecnológico de Villahermosa y maestra en Administración de Empresas por la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT).
Entre sus actividades destaca su paso como coordinadora administrativa de la Dirección General del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y hasta 2021 fue administradora de Gestión Operativa en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
A partir de ese año, Jiménez Oropeza fungió como titular de la Unidad de Financiamiento del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), organismo desaparecido en mayo de 2023.
Al igual que Solórzano, en el currículum de Jiménez no aparecen actividades relacionadas con el sector energético.
La nueva comisionada de la CNH también fue senadora en la LXV Legislatura, en donde perteneció a las Comisiones de Seguridad Social, Hacienda y Crédito Público, Recursos Hidráulicos y de Relaciones Exteriores.
En el caso de Baldemar Hernández Márquez, es licenciado en Economía con Maestría en Economía Agrícola y Doctorado en Ciencias de la Información.
En su desempeño profesional fue director del Centro de Estudios Superiores del Trópico en Cárdenas, Tabasco, además de ser secretario de Desarrollo Agropecuario en el Gobierno de la misma entidad.
Hernández Márquez ocupó varios cargos en su natal Tabasco relacionados todos con el desarrollo rural y agropecuario, pero sobresale la concepción y desarrollo de los Centros Integradores de Servicios en el estado, por medio de los cuales se establece la coordinación social en poblaciones para el ordenamiento y la organización territorial, con base en la cual se proveen los diversos servicios públicos.
A nivel federal, fue el último director general de Financiera Nacional del Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesquero (FND), sectorizada a la Secretaría de Hacienda, desaparecida en abril de 2023.
Al principio de la actual administración fue jefe de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría del Bienestar.
En el ámbito académico, el nuevo comisionado ha sido catedrático de la Escuela de Ciencias de la Educación en la UJAT y docente en la Licenciatura en Comunicación en la misma casa de estudios.
¿Qué dice la Ley?
El Capítulo III “Integración de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética” de la Ley de los órganos reguladores coordinador en materia energética (LORCME) establece, entre otros, los requisitos que deben cubrir los comisionados –en este caso– de la Comisión Nacional de Hidrocarburos.
En este sentido, el artículo 8 de la LORCME enumera siete puntos, de los cuales destaca el desempeño profesional.
“Haberse desempeñado en forma destacada, durante al menos cinco años, en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines al objeto del Órgano Regulador Coordinado en Materia Energética respectivo”, reza la fracción IV de dicho artículo.
Ninguno de los tres nuevos comisionados cumple con este requisito de Ley.
La fracción V del artículo octavo, además, estipula que los comisionados no pueden haber sido Secretarios o Subsecretarios de Estado, Procurador o Fiscal General de la República, senador, diputado federal o local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, durante el año previo a su nombramiento, un requisito que, al menos, Solórzano Fraga no cumple por su calidad de ex senador suplente.
Otros requisitos que marca la LORCME son que un comisionado debe ser ciudadano mexicano, y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
Debe gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión.
También poseer título profesional en cualquiera de las ingenierías, de las ciencias físico-matemáticas, de las ciencias biológicas y químicas o de las ciencias sociales y administrativas, que se vinculen con las actividades del sector energético.
Además, no haber ocupado, en el año previo a su designación, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas que estén sujetas a la regulación de los órganos reguladores coordinados en materia energética.
“Los Comisionados se abstendrán de desempeñar cualquier otro empleo, trabajo, cargo o comisión públicos o privados, con excepción de los académicos”, dice por último el artículo 8 de la Ley.