La Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó la noche de ayer un resolutivo para iniciar un procedimiento administrativo de sanción en contra de la empresa energética Iberdrola Energía Monterrey SA de CV, por lo que ésta deberá pagar una multa por 9,145 millones 388,400 de pesos.
El motivo de la sanción es porque la firma de origen español y filial de Iberdrola México vende energía eléctrica a sus socios, esto principalmente con base en las facturas que esta compañía emitió entre 2019 y mediados de 2020.
Estas acciones, según asentó la CRE en su resolución, indicarían que Iberdrola no respetó el permiso otorgado en la modalidad de autoabastecimiento, contraviniendo con ello el artículo 36 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE).
“Iberdrola Energía Monterrey, S.A. de C.V., en su calidad de Permisionaria de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento, vende la energía eléctrica generada por la central eléctrica en contravención del artículo 36, fracción I, inciso a), segundo párrafo, numeral 4) de la LSPEE y 90, fracción I del Reglamento de la LSPEE”, se lee en la Resolución emitida en las últimos minutos del jueves de esta semana.
Iberdrola Energía Monterrey posee una central de ciclo combinado que recibió en 2002 el permiso número E/205/AUT/2002, de acuerdo con la resolución de la CRE con número RES/014/98 y fecha del 11 de febrero de 1998.
En la resolución de ayer, con número RES/466/2022, el ente regulador argumenta para aplicar la sanción que en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de agosto del 2020, Iberdrola Energía Monterrey comercializó energía entre los integrantes de la Sociedad de Autoabastecimiento, contraviniendo lo estipulado en la Ley.
Al respecto, la resolución indica: “Del periodo de 1 de enero de 2019 al 31 de agosto de 2020, que abarcan los CFDI proporcionados por la Administración General de Hidrocarburos del SAT, mediante Oficio 199-00-00-00-00-2021-008 de 2 de febrero de 2021, se advierte que la Permisionaria comercializó la energía eléctrica generada por la central vendiéndola a sus socios, en contravención de lo previsto en los artículos 36, fracción I, inciso a), segundo párrafo, numeral 4) de la LSPEE y 90, fracción I del Reglamento de la LSPEE”.
El organismo, bajo la presidencia de Leopoldo Melchi García, recordó que la disposición jurídica establece que los titulares de los permisos de autoabasto no pueden vender, revender o por cualquier acto jurídico enajenar capacidad o energía eléctrica, salvo en los casos que la propia Ley menciona.
Entre los documentos que la CRE apoyó su resolución de iniciar el procedimiento administrativo de sanción, declara el oficio 199-00-00-00-00-2021-008, de 2 de febrero de 2021, de la Administración General de Hidrocarburos del SAT, a través del cual proporcionó un archivo en formato Excel denominado “SE-240/95367/2020 Relación”, con una hoja de archivo con nombre “5E240/95367/2020 Relación” en la que se relacionan 6,991 registros del periodo 01 de enero de 2019 al 31 de agosto de 2020.
Asimismo, se acompaña con la carpeta en formato comprimido ZIP con los archivos XML correspondientes a los CFDIs vigentes con efecto ingresos emitidos por la empresa.
Igualmente refirió que se entregó el oficio con número UAJ-DGC232/1929/2022 del 20 de enero de 2022, por el que la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Comisión solicitó a la Unidad de Electricidad de la que informara si del análisis realizado a las documentales que obran en sus archivos, se desprende información que acredite la venta de energía eléctrica y/o actos de comercio derivados de la misma, entre la empresa filial y sus socios. En caso afirmativo, debería enviar copia certificada que sustente dicha información.
Cabe recordar que desde iniciada la presente administración, la CRE, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y el propio presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, han emprendido una campaña en la que se asegura que los generadores privados que ostentan permisos de autoabastecimiento están cometiendo actos ilícitos por realizar venta de energía, aceptar en sus sociedades de autoabastecimiento a “socios de un dólar”, no pagar un precio justo a la CFE por concepto de porteo o acceso a las redes de transmisión eléctrica propiedad de la empresa pública y crear un “mercado negro” de energía en el país.
Apenas a finales de abril pasado, el jefe del Ejecutivo federal llamó a los privados que operan bajo esta figura a dialogar con las autoridades, con la finalidad de negociar la suspensión de sus contratos y permisos.