El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, publicó la tarde de ayer el Decreto que reforma la Ley de Amparo, cuyo objetivo es eliminar la posibilidad de que las suspensiones, provisionales o definitivas, otorgadas por los jueces ante actos de gobierno considerados como inconstitucionales, puedan tener efectos generales a otros afectados aun cuando no hayan solicitado esta protección judicial.
Así, la reforma a la Ley incluyó como segundo párrafo del artículo 148 el siguiente texto:
“Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”.
Igualmente, el jefe del Ejecutivo federal eliminó el último párrafo del artículo 129 de la Ley que decía:
“El órgano jurisdiccional de amparo excepcionalmente podrá conceder la suspensión, aún cuando se trate de los casos previstos en este artículo, si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pueda causarse mayor afectación al interés social”.
El mandato, que entra en vigor a partir de este sábado 15 de junio, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación bajo el título “Decreto por el que se reforman los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales”.
Amparos y suspensiones en materia energética
Durante su administración, el presidente López Obrador y su administración, con el apoyo de la mayoría del partido oficialista en el Congreso de la Unión, Morena, ha realizado reformas a diversas leyes y emitido regulaciones y normas en materia energética, con la intención de limitar la participación de la iniciativa privada en este sector, así como para privilegiar el ámbito de las empresas estatales, Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Las reformas abarcan subsectores como combustibles, almacenamiento, energía eléctrica, permisos de expendio de petrolíferos, energía renovable, entre otros.
Todo ello provocó miles de peticiones de juicios de amparo por parte del sector privado, principalmente, y en algunos casos de la mano de organizaciones de la sociedad civil. Los más relevantes fueron los siguientes.
Reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
En 2021, se aprobó la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica que favorecía a la CFE sobre empresas privadas. Jueces de Distrito otorgaron amparos con efectos generales suspendiendo la aplicación de dicha reforma, argumentando que afectaba la competencia y el libre mercado.
En febrero de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales varios artículos de esta reforma, considerándolos contrarios a los principios de libre competencia y acceso no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución.
Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional.
Emitida por la Secretaría de Energía (Sener) en 2020, fue impugnada mediante múltiples amparos. Los jueces otorgaron suspensiones con efectos generales debido a que la política afectaba la entrada en operación de nuevas plantas de energía renovable y favorecía a las de la CFE.
En octubre de 2021, la Corte declaró inconstitucional dicha política por violar los principios de libre competencia y transición energética.
Regulación de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Diversos acuerdos emitidos por la CRE, como los que modificaban las tarifas de porteo, o costo por el uso de la red de transmisión, fueron suspendidos mediante amparos. Los jueces determinaron que estas regulaciones podrían perjudicar a los generadores de energía renovable y fomentar prácticas monopólicas.
La SCJN resolvió en varias ocasiones a favor de los demandantes, con efecto general, manteniendo las suspensiones y anulando las regulaciones de la CRE por violar principios constitucionales.
Acuerdos de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH).
Algunos acuerdos relacionados con la exploración y explotación de hidrocarburos también fueron objeto de amparos. Los jueces otorgaron suspensiones debido a preocupaciones sobre la transparencia y equidad en la asignación de contratos.
Modificaciones a la Ley de Hidrocarburos.
La reforma a la Ley de Hidrocarburos en 2021, que incluía la suspensión de permisos de venta e importación a empresas privadas que no cumplieran con ciertos requisitos y otorgaba más control al Estado sobre estas actividades, fue suspendida por jueces mediante amparos con efectos generales.
En noviembre de 2021, la SCJN también resolvió en contra de ciertos artículos de esta reforma, declarando que violaban los principios de libre comercio y afectaban la competencia.
Estos casos reflejan una tendencia de los tribunales y la SCJN a proteger los principios de libre competencia, acceso no discriminatorio y transición energética frente a reformas y regulaciones que favorecen a las empresas estatales en detrimento de las privadas y del mercado en general.