Redacción / Energía a Debate
Con el fin de otorgar mayor certeza jurídica al nacimiento del programa Gas Bienestar, impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, la bancada de Morena en la Cámara de Diputados presentó esta semana una iniciativa que reforma el artículo 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCME).
La propuesta tiene como intención que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) asegure que los costos de los energéticos no sobrepasen el costo inmediato anterior en los precios de los servicios, así como ver que dichos costos estarán sujetos a cada programa social contemplado cada año en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
“Es necesario que en la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, se apruebe un marco regulatorio que brinde certeza y más importante, seguridad jurídica en el nacimiento y continuidad del llamado ‘Programa Gas Bienestar’”, se lee en el apartado de Exposición de Motivos de la iniciativa firmada por el legislador Eduardo Bonifaz Moedano, del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
El texto del artículo modificado quedaría como sigue:
“Artículo 42.- La Comisión Reguladora de Energía fomentará el desarrollo eficiente y eficaz de la industria, promoverá la competencia en el sector, protegerá los intereses de los usuarios al asegurar el costo mínimo que no sobrepase el costo inmediato anterior en los precios de todos sus servicios, además estará sujeto a cada programa social que se contemple a través de la aprobación del presupuesto fiscal anual en beneficio de los ciudadanos, nunca en su perjuicio, y propiciará una completa cobertura nacional y comprobará, la confiabilidad, estabilidad y seguridad en el suministro y la prestación eficaz y eficiente de los servicios”, en donde las negritas son las adiciones y modificaciones al texto original.
El artículo 42, junto con el 41, pertenecientes al Capítulo XIV “De la Comisión Reguladora de Energía”, establecen las atribuciones de la CRE en materia de regulación en las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, comprensión, licuefacción y regasificación, así como de expendio al público de petróleo, gas natural, gas licuado de petróleo (gas LP), petrolíferos y petroquímicos.
También regula las actividades relacionadas con el transporte por ductos, almacenamiento, distribución y expendio de bioenergéticos, así como las relativas a la generación de electricidad, los servicios públicos de transmisión y distribución eléctrica, la transmisión y distribución eléctrica que no forma parte del servicio público y la comercialización de electricidad.
El pasado 11 de julio, durante su conferencia matutina, el jefe del Ejecutivo federal anunció la creación de la empresa Gas Bienestar, operada por Petróleos Mexicanos (Pemex), con el propósito de distribuir y comercializar el gas LP a la población con precios más bajos que los ofertados en el mercado.
Esta medida, dijo López Obrador, como respuesta a los aumentos en el precio final como resultado del incremento en los precios internacionales, específicamente, el referencial de la región de Mont Belvieu en Estados Unidos.
Cabe recordar que, por su parte, la Secretaría de Energía (Sener), bajo el mando de Rocío Nahle García, emitió una directiva con la intención de exhortar a la CRE para elaborara e implementara una metodología que estableciera un precio máximo tope para las 145 zonas de distribución en las que se divide el país.