Quedarán fuera del Padrón de Comercio Exterior quienes importen hidrocarburos, combustibles, petroquímicos y otros productos de personas que no cuenten con los permisos correspondientes para esta actividad, determinó este martes la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
La dependencia, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 y anexos 1, 2 y 5”.
En ella, el SAT cierra algunos aspectos legales con la finalidad de evitar la importación y exportación de hidrocarburos, combustibles y otros productos de manera ilegal o bajo otra denominación –actividades conocidas como “huachicol fiscal”– para evitar los respectivos impuestos y verificaciones.
En el apartado Causales de suspensión en los padrones, el SAT incluyó el inciso b) de la fracción XL.
“Realicen o hayan realizado operaciones o contratado servicios con sujetos que no cuenten con los permisos respectivos, tratándose de actividades reguladas en términos de la citada Ley del Sector Hidrocarburos o de la Ley de Hidrocarburos, publicada en el DOF el 11 de agosto de 2014”.
Además, refrenda como causal que el importador o exportador no cuente con los permisos correspondientes en las dos Leyes, según corresponda a cada caso.
Actualización de trámites
En el documento publicado en el DOF, el SAT dio a conocer los requisitos para realizar trámites y servicios en cuanto a la importación y exportación de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos tanto por tren, carro-tanque y ductos.
Para realizar el aumento o disminución de sectores en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos, entre ellos, el de Hidrocarburos, la dependencia recuerda que es necesario presentar la documentación que compruebe la relación comercial con el o los laboratorios acreditados nacionales o extranjeros, para cumplir con la NOM-016 referente a la calidad de los combustibles.
Destaca que las empresas públicas, referente a Petróleos Mexicanos (Pemex), al realizar el tránsito de petróleo crudo, productos petrolíferos, petroquímicos y sus especialidades, gas y sus derivados, por medio de ductos, para destinar estos productos al régimen de tránsito internacional, deberán señalar la ruta de transporte, identificando las características y ubicación de los medidores a utilizar en el punto de entrada y de salida del territorio nacional.
Cabe recordar que el propio gobierno federal ha reconocido que el daño al erario por estas actividades ilícitas ha sido por un monto de alrededor de los 600 mil millones de pesos.
Dicho monto equivale al incremento en el presupuesto que solicitó el sector salud para el próximo año, destinado a infraestructura física, con respecto al aprobado para 2025, según el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PPEF) 2026.