Redacción / Energía a Debate
La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos que se deben cumplir, en el diseño, construcción, pre-arranque, operación, mantenimiento, cierre, desmantelamiento y abandono, para las instalaciones y operaciones de trasvase asociadas a las actividades de transporte y/o distribución de hidrocarburos y/o petrolíferos, por medios distintos a ductos.
Dichos lineamientos tienen por objeto establecer los elementos técnicos y requisitos mínimos de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente, que deberán cumplir los regulados que lleven a cabo las operaciones de trasvase asociadas a las actividades de transporte y/o distribución por medios distintos a ductos.
Estas operaciones comprenden cualquiera de las siguientes unidades y sus posibles combinaciones entre ellas: de carrotanque a autotanque, de carrotanque a semirremolque, de carrotanque a buquetanque, de buquetanque a buquetanque, de buquetanque a barcaza.
Los lineamientos serán de observancia general y obligatoria en todo el territorio nacional y las zonas sobre las que la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción, para los regulados que realicen operaciones de trasvase de hidrocarburos y/o petrolíferos en instalaciones de trasvase terrestre, o costa afuera, con equipos fijos o móviles, en las actividades de transporte y/o distribución de hidrocarburos y/o petrolíferos, así como en las instalaciones de almacenamiento, plantas de distribución y de procesamiento, en las que se lleven a cabo operaciones de trasvase de una unidad de transporte y/o distribución a otra.
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