Ulises Juárez / Energía a Debate
Los cambios a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) recientemente aprobados por el Congreso de la Unión vulneran los derechos humanos de los mexicanos, especialmente los referentes a un medio ambiente limpio, por lo que se prevé una serie de amparos, además de una controversia constitucional por parte del Poder Legislativo, que llegarían incluso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
“Esto va a llegar a juicios y amparos tanto a la Suprema Corte y, en una segunda instancia, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, previó Diana Trujillo González, del Clúster Metropolitano de Energía y especialista en mercados eléctricos.
“Tanto la Suprema Corte como la Corte Interamericana tienen posiciones muy ‘avant-garde’ respecto al ambiente sano y en lo que al derecho al medio ambiente implica”, refirió la especialista durante el seminario virtual “Violación a los Derechos Humanos por la aceptación a las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica”.
Recordó que el Artículo 25 Constitucional establece que la industria eléctrica debe desarrollarse bajo los criterios de equidad social, productividad, sustentabilidad y de interés público, además de proteger la participación de los privados.
Asimismo, citó que el artículo 4 de la Carta Magna garantiza el derecho humano a un medio ambiente sano y subrayó que no marca metas ni parámetros. “Es un derecho humano muy amplio. Y es un derecho que nosotros podemos abordar y exigir desde las tecnologías actuales y, si en diez años cambian, pues en diez años sube nuestra exigencia”, explicó la especialista.
Apuntó que la Suprema Corte ha emitido diversos criterios con respecto a este derecho. Uno de ellos, de noviembre de 2020, estableció que “es mayor el interés que tiene la sociedad de preservar un medio ambiente sano que el perjuicio económico y operativo”, el cual se asentó en el libro 80, Tomo III, página 1930.
Al respecto, Trujillo González comentó que esto es muy importante ante los argumentos del gobierno federal sobre la defensa irrestricta de la empresa eléctrica estatal Comisión Federal de Electricidad (CFE).
“Pues, igual, que invierta en energías renovables y no quiebre, pero nuestro derecho como sociedad a tener la mejor condición posible que nos puedan brindar en renovables y en todas los demás ámbitos es superior al interés de cualquier empresa pública o privada” afirmó.
Uno de los puntos de la también llamada “Ley Combustóleo”, presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, es que en el despacho eléctrico se envió al final la generación con fuentes renovables, más limpias y más baratas, por sobre la generación de la propia CFE, sin criterio ambiental.
La Corte también se pronunció sobre el desarrollo sustentable al establecer que se debe tener en consideración la eficiencia y utilización de recursos, limitar la pobreza y preservar los sistemas físicos y biológicos, es decir, los recursos naturales en un sentido amplio.
Para este propósito, mandata que se deben observar y aplicar de manera obligatoria los principios de prevención, precaución, equidad intergeneracional, progresividad, responsabilidad, sustentabilidad y congruencia.
“Tenemos que tomar en consideración a las generaciones futuras, no únicamente lo que podemos hacer ahora, sino lo que eso va a implicar para quienes todavía no están y para quienes todavía no están exigiendo”, comentó la también ex funcionaria de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
En el ámbito internacional, Diana Trujillo destacó que el Artículo 11 del Protocolo de San Salvador dice que toda persona tiene derecho a vivir en un medio ambiente sano y a contar con servicio públicos básicos. Y los Estados deberán promover la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente.
Expuso que el Protocolo de San Salvador es una de las convenciones que forman parte del cúmulo de convenciones americanas de derechos humanos y que se discuten en la CIDH.
En opiniones consultivas, la Corte Interamericana reconoce que el derecho a un medio ambiente saludable es clave para el disfrute de otros derechos fundamentales, definiéndolo como un derecho humano autónomo.
También indica que las obligaciones del Estado incluyen la de adoptar medidas para prevenir el daño ambiental significativo, dentro y fuera de sus territorios.
Refiere que al ser un derecho colectivo, lo anterior se encuentra antepuesto a los derechos individuales, es decir, existe una aplicación preferente a estos y enfatiza la cooperación con otros Estados para preservar el medio ambiente.
“Creo que a nivel internacional el debate es fuerte. Creo que no es algo menor revertir el despacho y no incentivar las energías renovables y que esto va a llegar a estas instancias en materia de derechos humanos a discutirse”, dijo Trujillo.
Por ello, agregó que los medios de defensa serán los amparos de manera colectiva, de acuerdo con el Artículo 17 de la Constitución, como lo han hecho en años anteriores organizaciones de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales, como el Centro de Derecho Ambiental (CEMDA) y la organización internacional GreenPeace, entre otros.
“También están las acciones de inconstitucionalidad, a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, o del Poder Legislativo”, añadió.
“Una vez que se agoten las instancias mexicanas, es decir, las dos anteriores, se va a poder acudir a las internacionales, como la CIDH por violaciones al Protocolo de San Salvador”, previó.
“Y como último medio de defensa es la oposición de la gente. Un tema que no podemos dar paso atrás en materia de aguas en donde se permita la contaminación, no podemos dar paso atrás en ninguna instancia que arriesgue no solo nuestra sobrevivencia, sino nuestra calidad de vida y nuestro medio ambiente”, concluyó.