El ministro Javier Laynez Potisek bajó de la lista de asuntos de la sesión de este miércoles el amparo en revisión 164/2023, que tenía el objetivo de confirmar los recursos legales otorgados por los juzgados de distrito en materia administrativa, especializados en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones a 10 empresas contra siete artículos de reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), impulsada por el presidente de México.
Aunque durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte no se especificó el motivo por el que el ministro retiró el proyecto, ayer la Secretaría de Energía (Sener), presentó un recurso de impedimento contra los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar, debido a su relación con Hugo Arriaga Becerra, quien es abogado en uno de los más de 200 amparos que las empresas privadas promovieron contra la reforma, pero que no se integra dentro de los proyectos a revisar por la Segunda Sala de la Corte.
El presunto impedimento que argumenta la Sener, se debe a que Pérez Dayán es vocal del Consejo Directivo del Instituto Mexicano del Amparo, que preside Arriaga, al tiempo que el ministro Luis María Aguilar es miembro honorario del mismo instituto.
El proyecto puede ser presentado de nueva cuenta, si la Corte resuelve que no existe un impedimento para que los ministros Pérez Dayán y Luis María Aguilar voten en el asunto.
Esto se debe a que la Segunda Sala requiere que al menos cuatro ministros puedan votar para que haya quórum en la sesión.
La Segunda Sala es presidida por el ministro Alberto Pérez Dayán y el resto de los integrantes son las ministras Loretta Ortiz Ahlf y Yazmín Esquivel Mossa, así como los ministros Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar.
Antecedente
El proyecto del ministro Laynez es uno de los dos que se han presentado ante la Segunda Sala de la Corte, debido a que el ministro Pérez Dayán presentó un proyecto similar bajo el expediente 164/2023.
Los procedimientos se realizaron, pues en enero de este año la Segunda Sala decidió revisar y dictar sentencia de los amparos promovidos por 18 empresas contra la LIE.
En los procedimientos previos, es decir, durante los juicios de amparo aprobados por los jueces Juan Pablo Gómez Fierro y Rodrigo de la Peza López Figueroa a las empresas productoras de energía eléctrica, el Congreso de la Unión y el Ejecutivo impugnaron el otorgamiento del recurso legal.
Sin embargo, los procesos de impugnación fueron rechazados, al considerar que la nueva normativa es violatoria de las reglas vigentes desde 2013, las cuales señalan que debe existir libre competencia en la generación eléctrica.