La Presidencia de la República y la Secretaría de Energía (Sener) publicaron el Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Energía (CNE), entidad del gobierno federal que sustituye las funciones de la extinta Comisión Reguladora de Energía (CRE).
De acuerdo con el documento, disponible a partir de este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la CNE está definida como un órgano administrativo desconcentrado de la Sener de carácter técnico, con independencia técnica, operativa, de gestión y decisión. Asimismo, estipula que el nuevo organismo cuenta con presupuesto propio.
“La Comisión Nacional de Energía tiene por objeto regular, supervisar e imponer sanciones a las actividades en materia energética de su competencia, con el fin de promover el desarrollo ordenado, continuo y seguro de las actividades del sector energético de conformidad con la planeación vinculante en el ámbito de su competencia”, refiere el artículo 2.
Cabe recordar que este organismo, al igual que su predecesora, tendrá por obligación llevar el Registro Público de permisos, autorizaciones o cualquier otro acto que emita sobre las actividades en materia energética.
Igualmente, es de resaltar que toda vez que no será un organismo autónomo, la persona que esté a cargo tendrá el título de Director o Directora General, en vez de Comisionado Presidente, como lo ostentaba el titular de la CRE.
Además, la CNE contará con un Comité Técnico como órgano colegiado de decisión, en sustitución del órgano de gobierno conformado por los comisionados.
¿Qué estructura tendrá la CNE?
De acuerdo con el Reglamento Interior, la Comisión tendrá, además de la Dirección General, cinco Unidades:
- Administración y Finanzas
- Asuntos Jurídicos
- Electricidad
- Hidrocarburos
- Verificación
Asimismo, la nueva Comisión podrá contar con Oficinas Estatales o regionales “que estime necesarias para el desempeño de sus atribuciones, de conformidad con el presupuesto asignado”.
Distribución de los recursos
Conforme al artículo tercero transitorio del Reglamento, los recursos para la operación de la Comisión deberán cubrirse con cargo al presupuesto asignado a la Sener para este 2025, además de la transferencia que realice la CRE de su presupuesto aprobado para este ejercicio.
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2025 estableció recursos para la CRE por 199.8 millones de pesos, mismos que deberán transferirse a la CNE.
“Para ejercicios fiscales subsecuentes se deben presupuestar los recursos correspondientes en el anteproyecto de presupuesto de la Comisión Nacional de Energía”, agrega el documento.
Entre otros temas, el apartado de transitorios establece que la Comisión debe emitir un Acuerdo en donde señale su domicilio y horario de atención.
Igualmente, podrá emitir programas, estrategias o lineamientos para la atención de los trámites de su competencia que deberán ser publicados en el DOF.