Ulises Juárez / Energía a Debate
El gobierno mexicano podría caer en la seducción de grupos de interés en la industria azucarera para impulsar el uso del etanol como aditivo oxigenante de las gasolinas, por lo que es necesario vigilar que las autoridades acaten la decisíón de la Corte en este sentido, advirtió Gabriel Quadri de la Torre, experto en temas ambientales.
Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicara el día de ayer en el Semanario Judicial de la Federación la tesis por la cual declaró como inconstitucionales las modificaciones que realizó la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a la NOM-016-CRE-2016 en materia de calidad de los combustibles, con la finalidad de incrementar de 5.8% a 10% el contenido de etanol en las gasolinas, Quadri de la Torre hizo un exhorto a que la sociedad también esté vigilante de que la CRE acate la resolución del máximo tribunal del país.
“Hay que estar muy alertas porque el gobierno mexicano, con esta propensión populista que tiene, es posible que caiga en la seducción de nuevas clientelas políticas del sector azucarero promoviendo el uso del etanol”, dijo el especialista a Energía a Debate.
“Ese es el peligro”, consideró al mencionar industrias y sindicatos azucareros, así como a entidades extranjeras, como la US Grains, que se encuentran cabildeando con la administración federal para la importación de gasolinas aditivadas con etanol.
El fallo de la SCJN fue emitido el pasado 15 de enero pero no fue sino hasta este viernes que se publicó en el órgano de difusión oficial.
La CRE, mediante un Acuerdo, había realizado modificaciones a la NOM-016-CRE-2016, “Especificaciones de calidad de los petrolíferos”; sin embargo, un grupo de ambientalistas liderados por el propio Quadri promovió el amparo de revisión con número 610/2019.
La Segunda Sala tomó el caso y declaró la inconstitucionalidad de las modificaciones presentando como tesis la unilateralidad de la medida por parte del órgano regulador al no cumplir con el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, que establece el procedimiento para realizar modificaciones a las normas oficiales mexicanas (NOM).
Quadri de la Torre, un ingeniero civil por la Universidad Iberoamericana y maestro en Economía por la Universidad de Texas en Austin, tomó el fallo de la Corte como “un precedente que va a establecer, o va a forzar, un procedimiento mucho más cuidadoso por parte de la CRE”, y confió en que el organismo regulador a cargo de Leopoldo Melchi acate la decisión y no intente modificar nuevamente la normatividad.
“Es un precedente muy importante esta resolución de la Corte porque la impugnación es de una norma de aplicación general, no solamente es un tema lateral entre la justicia y un individuo”, explicó el también socio director de Sistemas Integrales de Gestión Ambiental (SIGEA) sobre la trascendencia del fallo de la SCJN.
“Es una norma de aplicación general que es impugnada y que la Suprema Corte da la razón, atendiendo al derecho por un ambiente sano y al principio precautorio. Es un tema de interés público, de interés colectivo”, concluyó.
Consulte la publicación de la tesis del fallo en el Semanario Judicial de la Federación.