Redacción / Energía a Debate
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó este lunes una lista de 82 empresas que fueron suspendidas de los padrones de importadores y de exportadores, entre ellos, del sector energético.
Entre otras, se encuentran empresas como Repsol Downstream de México, Kansas City Southern de México y Targa Fuels, de acuerdo con la lista con actualización al 16 de julio de 2021.
En un comunicado de prensa conjunto, las Secretarías de Energía (Sener), y de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como el SAT, dijeron que en dicha lista se encuentran “diversas y diversos contribuyentes que no cumplían con los requisitos determinados en el Padrón de Importadores, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos y en el Padrón de Exportadores Sectorial”.
Lo anterior, especificó, de conformidad con lo previsto en la regla 1.3.3 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
Dicha regla se refiere a las Causales de suspensión en los padrones, entre las que se encuentran el incumplimiento de alguna obligación fiscal, no realizar operaciones de comercio exterior en un periodo que exceda los 12 meses, o no presentar el aviso de apertura y cierre de los establecimientos en los cuales almacenen mercancía de comercio exterior o de los que utilicen en el desempeño de sus actividades, por mencionar algunos.
Sin embargo, las causales de la suspensión de las 82 empresas no fue especificado por las tres dependencias federales.
“La colaboración entre el SAT, la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía, propiciará una mayor certeza jurídica acerca del cumplimiento de las obligaciones de las personas físicas y morales relacionadas con las importaciones y exportaciones en el sector energético”, se lee en el comunicado.
El 11 de junio pasado, la SHCP a través del SAT modificó la regla 2.4.1 que restringe a particulares la importación de hidrocarburos, combustibles, petroquímicos, gas y otros productos solo por el punto de internación autorizado, mientras que a las empresas productivas del Estado, como Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), tienen libertad de hacerlo a través de los llamados Lugares Distintos al autorizado (LDA).
Dicha modificación ha sido interpretada como un atentado a la competencia, a la vez que privilegia a las empresas productivas del Estado, específicamente a Petróleos Mexicanos (Pemex).