Las Comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos del Senado de la República aprobaron una iniciativa para modificar la Ley de Amparo y reducir los ámbitos de implementación del mismo, así como sus efectos.
La iniciativa, presentada por el senador Ricardo Monreal, líder de Morena en esa Cámara, propone eliminar la última fracción del artículo 129 de la Ley de Amparo, referente a las capacidades de los jueces para dictaminar amparos de forma excepcional.
“El órgano jurisdiccional de amparo excepcionalmente podrá conceder la suspensión, aún cuando se trate los casos previstos en este artículo, si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pueda causarse mayor afectación al interés social”, señala el artículo, que sería derogado si se aprueba la iniciativa en el proceso legislativo.
En segundo término, la propuesta sugiere modificar el artículo 148 del mismo ordenamiento para prohibir que las suspensiones otorgadas por los juicios de amparo que resuelvan inconstitucionalidades de normas generales generen efectos generales.
La propuesta reduce la capacidad de acción de los jueces en materia de amparo y de la figura misma.
En opinión de Julia González, la iniciativa es contraria a la reforma constitucional de Derechos Humanos, cuya intención es conceder suspensiones con efectos restitutorios.
“Antes, ni los amparos ni la suspensión podían tener efectos generales, lo que ocasionaba tratos desiguales entre quienes promovían un amparo y quienes no, partiendo de la presunción de que no todos pueden promover amparo por lo costoso que son los juicios”, mencionó la especialista en Derecho.
La introducción de efectos generales, añadió busca atajar esta desigualdad, la cual además es paradójica porque para algunas personas una disposición es inconstitucional y para otras no, solo por haber promovido un amparo.
“La suspensión con efectos generales justamente busca ese trato igual entre todos y que, además, en ciertos casos no se soporten los costos de un actos o norma generales con una presunción de inconstitucionalidad alta, pero que de todas formas los afectará porque aunque sea inconstitucional, en lo que se resuelve el juicio y los recursos afecta el derecho humano correspondiente”, advierte la experta.
El juicio de amparo tiene como finalidad la protección de las garantías del gobernado y el régimen competencial existente entre las autoridades federales y las de los Estados, es decir, es la herramienta principal que tienen empresas y ciudadanos para defenderse contra disposiciones o acciones implementadas por el gobierno federal, estatal o local, así como por autoridades de cualquier índole.