La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este lunes la controversia constitucional que había promovido la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) que, de acuerdo a la Comisión, eran contrarias a los preceptos de competencia y libre concurrencia en el sector eléctrico.
“El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó la controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, al determinar que dichos preceptos no producen un principio de afectación o agravio en la esfera de competencia de dicho organismo constitucional autónomo y, por tanto, carece de interés legítimo para promover”, informó la Corte en un comunicado de prensa.
La Cofece interpuso una controversia constitucional, que fue aceptada por la Corte el 20 de junio con el número de expediente 44/2021, en la que reclamaba que las reformas promovidas por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y aprobadas por el Congreso de la Unión, violaban los principios de competencia en el sector eléctrico al privilegiar a la empresa estatal Comisión Federal de Electricidad (CFE).
En su momento, la Corte negó a la Cofece una suspensión de la LIE en tanto no se emitiera un fallo definitivo.
En su fallo emitido este día, el máximo tribunal del país determinó que la Cofece pretendía defender los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado de la generación de electricidad y en su comercialización, “lo cual no incide en una afectación a sus competencias de forma directa”.
“La Cofece acude a impugnar una reforma a la Ley de Industria Eléctrica que en nada afecta sus competencias, sino en abstracto al principio de competencia económica”, señaló la Corte.
Esto, “bajo el argumento de que viene a defender el principio de competencia económica en las actividades de generación y comercialización de la energía eléctrica, desnaturalizaría el objeto del presente medio de control constitucional”, añadió.