El Poder Judicial tumbó la intención del gobierno federal de evitar que se otorgaran amparos a empresas privadas que habían solicitado esta protección ante los actos y consecuencias de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), aprobada por el Congreso de la Unión en 2021.
Este mediodía, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad de votos rechazar el impedimento que había solicitado la Secretaría de Energía (Sener) para que los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales, integrantes de la Segunda Sala del máximo, votaran una serie de amparos promovidos por particulares contra las modificaciones a 7 artículos de la LIE.
La Sener, por el conducto de su Unidad de Asuntos Jurídicos, había promovido en septiembre de 2023 el recurso de impedimento para evitar que los ministros Pérez Dayán y Aguilar Morales pudieran votar los amparos en revisión 106/2023 y 164/2023 que se discutirían ese mismo mes.
En su momento, la Sener justificó la promoción del impedimento con el hecho de que ambos ministros son miembros del Instituto Mexicano del Amparo (IMA), una de las entidades que justamente promovió juicios en contra de las modificaciones a la Ley energética.
En la sesión de este miércoles, la Primera Sala determinó que “no se califica de legal el impedimento planteado”.
Por tal motivo, el asunto –expuesto por la parte de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat– se devolvió a la Presidencia de la Sala, a cargo del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, para los efectos precisados en la resolución, según reza la lista de asuntos con fallos.
Con el rechazo del impedimento promovido por el gobierno federal, el amparo en revisión podrá volver a listarse para su discusión y votación en la Segunda Sala de la SCJN.