Será en el periodo del 5 al 23 de abril de 2027 –y no de septiembre de ese año– cuando los participantes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) en la modalidad de Suministradora deberán realizar el Registro de activos físicos con estatus “Habilitado”, así como su notificación a la Transportista o la Distribuidora.
Lo anterior, de acuerdo con una corrección que realizó la Secretaría de Energía (Sener) a los Lineamientos para la migración voluntaria y expedita de autoabastecimiento y cogeneración de energía eléctrica a las figuras previstas en la Ley del Sector Eléctrico, publicada este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La dependencia bajo el mando de Luz Elena González Escobar publicó la modificación en la forma de una Nota Aclaratoria con respecto a los Lineamientos publicados el 18 de junio de 2026.
En concreto, corrige el inciso g) del Calendario perteneciente a la fracción II del Artículo 18 de los Lineamientos: “Séptima: Registro de activos físicos con estatus ‘Habilitado’ por parte del Participante del Mercado en modalidad de Suministradora que represente a los Centros de Carga al migrar, y su notificación a la Transportista o la Distribuidora”, que indicaba septiembre y lo correcto es el mes de abril.
Cabe recordar que el Artículo 18 refiere a las fracciones III y IV del Artículo 15 de los mismos Lineamientos que indica las figuras de la Ley del Sector Eléctrico (LSE) a las que pueden migrar los contratos legados de autoabastecimiento y cogeneración.
Es decir, según la fracicón III, a Usuarias Finales como Usuarios Calificados, y fracción IV, de Usuarias Finales a Suministro Básico.
Consulte el documento con la Nota Alcaratoria en el portal del DOF.
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