Redacción / Energía a Debate
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló en contra de las modificaciones que realizó la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a la norma oficial mexicana NOM-016-CRE-2016, por la cual se incrementa el porcentaje de contenido de etanol en las gasolinas e instruyó a ese órgano regulador para que someta a consulta pública las reformas que se hagan a dicha norma.
Esta tarde, la SCJN declaró inválidas las modificaciones que la CRE realizó en 2017 a la “NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos” que permitían incrementar el contenido de etanol en las gasolinas de 5.8% a 10%, argumentando que la Comisión no había presentado estudios que demostraran que el aumento en el aditivo tenía algún impacto en el medio ambiente.
Con mayoría de votos, la Segunda Sala de la Corte avaló la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán para conceder un amparo en contra de las modificaciones de la CRE.
El fallo de la Corte fue emitido a unas horas de que la bancada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la Cámara de Diputados presentara un punto de acuerdo justamente en el sentido contrario; esto es, que con base en el Informe del Instituto Mexicano del Petróleo (IMP) denominado: “Evaluación de gasolina E10 en automotores”, se realice la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016.
Lo anterior, de acuerdo con el diario El Economista, a efecto de permitir el uso de etanol desde un 10% en las áreas metropolitanas de Valle de México, Guadalajara y Monterrey.
Al referirse a la acción de la Comisión, Pérez Dayán consideró inapropiado que el organismo regulador no haya tomado en cuenta otras opiniones sobre el tema. “No puede ser una sola voz ni una sola valoración la que determine la posibilidad de que en el Estado mexicano se modifiquen los porcentajes máximos de empleo del etanol como oxigenante de las gasolinas”, afirmó el magistrado.
Justificó que esto podría tener como consecuencia daños irreversibles al medio ambiente, producto de la falta de valoración la magnitud del problema.
El amparo fue promovido por el ambientalista Gabriel Quadri de la Torre, así como por las organizaciones no gubernamentales Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) y El Poder del Consumidor, quienes argumentaron, entre otras razones, que el uso del etanol como oxigenante abarataría el costo de los combustibles en todo el país, excepto en las grandes zonas metropolitanas del país.
Al respecto, el ministro Pérez Dayán afirmó que, si bien mientras más etanol esté presente en las gasolinas, el costo de las mismas es menor, el impacto ecológico es de mayor magnitud, ya que el aditivo aporta más oxígeno a la combustión, de manera que se incrementa la expulsión de moléculas de ozono al ambiente.